Industria

Máximo tribunal ratifica multa a Casino Monticello por operaciones sospechosas detectadas por la UAF

La Unidad de Análisis Financiero inició un proceso sancionatorio en 2019 donde impuso una amonestación escrita y una multa de 600 UF, a raíz de no informar correctamente operaciones de Personas Expuestas Políticamente.

Por: Camila Bohle | Publicado: Viernes 3 de julio de 2020 a las 14:22 hrs.
  • T+
  • T-

Compartir

Malas noticias para la sociedad San Francisco Investment, titular del Casino Monticello de San Francisco de Mostazal. Finalmente la Tercera Sala de la Corte Suprema rechazó el recurso de apelación que buscaba revertir el fallo en su contra por las sanciones de amonestación escrita y una multa de 600 UF (unos $ 17 millones) impuestas por la Unidad de Análisis Financiero (UAF) en 2019.

El debate se remonta desde 2017, cuando la UAF comenzó a notar un incremento inusual de operaciones sospechosas por San Francisco Investment. Pese a que ofició a la firma, la entidad continuó reportando un alto número de estas acciones realizadas por personas expuestas políticamente (PEP), sin realizar análisis previos que permitieran atribuirles a las operaciones dicho carácter.

Así, la UAF inició un proceso sancionatorio en 2019 donde impuso una amonestación escrita y una multa de 600 UF. Lo anterior fue ratificado en noviembre de ese año por la Primera Sala de la Corte de Apelaciones de Rancagua, señalando que la entidad cuestionada incumplió abiertamente con los mandatos normativos específicos que requieren de un análisis de las operaciones informadas, al efecto de determinarlas como sospechosas, y no informar una cantidad extensa de operaciones solo porque quien las realiza tuviere la calidad de PEP.

Sin embargo, San Francisco Investment no se quedó de brazos cruzados y trató de impugnar la condena en costas luego del fallo. Pero no fue hasta el 30 de junio pasado cuando la Corte Suprema resolvió el asunto y tomó un veredicto: declaró inadmisible el recurso de la operadora de casinos.

"Quedó suficientemente demostrado que la actora incumplió la obligación, de origen legal, de informar debidamente las operaciones sospechosas de que tuviere conocimiento vinculadas con PEP, pues, en lugar de satisfacer los estándares mínimos establecidos al efecto por la autoridad, reportó por varios meses, de manera indiscriminada y a sabiendas, todas aquellas que conoció realizadas por "personas expuestas políticamente", con independencia de si (...) A la vez que sometió a la UAF a una sobrecarga de trabajo que le exigió distraer recursos que pudo utilizar, de manera más provechosa, en la indagación de actuaciones dudosas y verdaderamente relevantes", estableció.

Lo más leído