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Piden compromisos formales y manifiestan sus dudas

Mecanismo de fijación de precio de suscripción del aumento y los descuentos son las interrogantes.

Por: | Publicado: Miércoles 31 de octubre de 2012 a las 05:00 hrs.
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A pesar de que considera la operación como beneficiosa, el Comité de Directores señaló que debe haber ciertas condiciones, indicando que “el aporte de Cono Sur debiese quedar regulado en uno o más contratos entre Enersis y Endesa España”.

Entre los elementos que dice deben regularse, se deben incluir “representaciones y garantías habituales para operaciones de adquisición de compañías, respecto de aquellas sociedades en las cuales Enersis no tiene participación accionarial actualmente, a saber, Piura, Yacilec y Central dock Sud, e indemnización en evento de resultar dichas representaciones y garantías”.

Además pide “un compromiso expreso de parte de Endesa España y Enel relativo a que Enersis va a ser el único vehículo de inversión en Sudamérica de ambas sociedades en energías convencionales, con excepción de lo que ya tiene Enel a través de sus filial Enel Green Power”.

Este punto ha despertado las suspicacias de las AFP, que han indicado que habría un conflicto de interés en esto, pues Endesa España podría verse en la encrucijada de hacia dónde dirige recursos en temas ERNC en la región. Al respecto, fuentes del proceso aseguran, que la hispana no puede pronunciarse, pues Enel Green Power en América Latina es 100% filial de la italiana Enel, por lo que no tienen injerencia en esta compañía. En ese caso, las conversaciones deberían realizarse directamente con la italiana.

En tercer lugar, pide “un compromiso de mantener indemne a Enersis respecto de posibles contingencias tributarias, derivadas de la estructura de la operación”. En el informe de IM Trust y Claro y Asociados, ya se indicaba que la posterior disolución de Cono Sur tendría un costo de unos US$ 9 millones en Brasil, mientras que en Colombia podrían cobrarse nuevos impuestos si se decidiera vender las participaciones compradas ahora en otro valor.

Junto a todo esto, el Comité manifestó ciertas dudas que permanecen de la operación. La primera de ellas, sobre una cláusula de condicionalidad de la operación, que exige que Endesa no supere el 65% de la propiedad. Al respecto, los directores señalan que “los términos definitivos de dicha condicionalidad no se conocen a esta fecha”.

A continuación dice que tampoco se conocen “dos elementos relevantes, como son, el mecanismo de fijación de precio de suscripción de las nuevas acciones que se emitan y potenciales descuentos, de haberlos, a ser aplicados en la determinación de dicho precio, temas que deberán ser resueltos por los accionistas en la junta respectiva”.

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