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REGÍSTRATE AQUÍEl regulador resolvió en contra de las aseguradoras por no justificar las alzas aplicadas en los planes de salud.
Por: Martín Baeza
Publicado: Jueves 16 de junio de 2022 a las 15:17 hrs.
La Superintendencia de Salud -por medio de la Intendencia de Fondos y Seguros Previsionales de Salud- falló en contra de las Isapres por las alzas aplicadas en los precios de los planes.
El regulador sostuvo que, si bien se permitió un aumento límite de 7,6%, esto no significa que sea un “derecho absoluto” y que los aumentos deben justificarse debidamente. En consecuencia, se solicita a las aseguradoras dejar sin efecto el incremento de los planes.
Al respecto, la Asociación de Isapres de Chile declaró que esto “resulta inexplicable”, ya que “no solo contraviene a la ley, sino que además abre un abismo de incertidumbre técnica y administrativa sobre el sector, arriesgando hacer inviable su operación”.
Las prestadoras argumentan que la Ley 21.350 estableció un procedimiento objetivo para regular el ajuste de precio y así resolver el problema de la judicialización. Agregan que la misma Superintendencia determinó un alza máxima del 7,6%, “lo que fue acatado cabalmente por todas las Isapres”.
Tras la aparición de las primeras sentencias, el gremio de aseguradoras dijo que la resolución de la Superintendencia de Salud “es una amenaza directa al aseguramiento privado por el que han optado 3,3 millones de chilenos, que oportunamente ven atendidas sus patologías. Más aún en medio de una pandemia y conocido el impacto que el inminente colapso del sistema Isapre tendría sobre la red de prestadores, sus pacientes y usuarios”.
El presidente de la asociación, Gonzalo Simon, subrayó que el regulador “está poniendo en jaque la viabilidad del sistema privado”, y añadió que “la incerteza que provocan estas resoluciones en la gestión de las Isapres amenaza el funcionamiento del sistema a corto plazo. La creación de leyes que terminan siendo desconocidas por la autoridad no hace viable a ningún sector”.
Estos primeros fallos no son definitivos sino una primera instancia, por lo que tras la sentencia las aseguradoras tienen diez días para presentar sus descargos ante la Intendencia de Fondos y, en una tercera etapa, podrían apelar directamente a la Superintendencia. Además, son independientes de lo que eventualmente pueda determinar la Corte Suprema que, en paralelo, está tramitando miles de causas por la misma situación.
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