P. Gallardo / C. Arroyo
Apenas 40 mil de las 800 mil pymes que existen actualmente mantiene algún tipo de cobertura cambiaria, básicamente forward, para defenderse de la volatilidad del tipo de cambio. Con el objetivo de duplicar el número de usuarios, Hacienda se comprometió ayer a darle la máxima prioridad al proyecto sobre tributación de instrumentos derivados, que establece exenciones para quienes contraten ya sea forwards, swaps, opciones o futuros. Esto en el marco del lanzamiento de una campaña en conjunto con la Asociación de Bancos, que busca dar a conocer estos productos, en particular las opciones, atendiendo a la menor exigencia de capital con que debe contar una empresa para contratarlos.
Es que de acuerdo al futuro proyecto, este tipo de instrumento financiero -menos conocido que los forwards, que es lo que más se utiliza-, permitirá a la empresa que lo contrate imputar el pago de la prima como gasto, de manera tal que podrá deducir su costo de sus impuestos. Lo anterior abaratará sus costos, ya que hasta ahora se tributaba el total del ingreso. Actualmente, Banco de Chile, BCI, Corpbanca, Santander y BBVA han sido autorizados por el Banco Central para operar con este instrumento.
A juicio del ministro de Hacienda, Felipe Larraín, los beneficios del proyecto, sumado a la campaña de difusión y la potencial participación de BancoEstado en este mercado, permitirá que muchas más empresas exportadoras e importadoras se cubran del riesgo cambiario, precisando que las opciones son el derivado más prometedor entre las coberturas hoy existentes.
¿Qué es una opción?
En términos sencillos, si una empresa contrata la opción de un dólar a 6 meses previo pago de una prima- en $530 y al llegar el vencimiento del contrato la divisa está sobre ese valor, el empresario podrá ejercer la opción contratada; es decir, podrá pedir al banco que le venda el dólar a $ 530 (opción call). En caso contrario, si está bajo el valor contratado, podrá vender esos dólares (opción pull) al tipo de cambio fijado en el contrato previamente suscrito.
Respecto del proyecto de derivados, si se aprueba durante este año, por contener materias tributarias tendrá vigencia desde el 1 de enero del año siguiente a su publicación en el Diario Oficial; es decir, en 2012.