Poco tiempo duró la paz en la industria de medios de pago luego que el 14 de marzo del presente año, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) aprobó -con varias condiciones- el nuevo plan de tarifas de Transbank.
A través de la Resolución N°86, el Tribunal autorizó una estructura tarifaria que podrá ser mixta, con un componente fijo y otro variable, pero con diferenciaciones según el tipo de comercio, operador, proveedor de servicios de pago (PSP) y tarjetas, en coherencia con la estructura de costos de Transbank.
Además, autorizó a Transbank a liberar el margen adquirente cuando cumpla con la exigencia de que su participación mensual en el procesamiento adquirente, medido en número de transacciones, sea inferior a 50% por un período de seis meses seguidos.
“De permitirse que iguale la tarifa de sus competidores se abrirá la posibilidad de que Transbank incurra nuevamente en prácticas discriminatorias que no se encontrarían fundadas en costos”, argumentó Klap.
FNE y el meeting competition
Tras publicarse la mencionada resolución, los estudios de abogados especialistas en libre competencia de los actores incumbentes comenzaron a redactar sendos recursos de reclamación en contra de la resolución del Tribunal.
El primer escrito en llegar vino de la Fiscalía Nacional Económica (FNE) el 24 de marzo. Escrito por el subfiscal nacional, Felipe Cerda, (el titular, Jorge Grunberg se inhabilitó), a juicio de la Fiscalía, la resolución del TDLC contiene elementos que se apartan de criterios contemplados por la Corte Suprema. Y, afirmó que cualquier esquema de cobros debe considerar la sentencia sobre esta materia emitida por el máximo tribunal, el 8 de agosto de 2022.
“La Resolución Nº86 incluye y autoriza elementos del sistema tarifario propuesto por Transbank que vulneran esos criterios sin una correcta justificación. Dichos elementos corresponden a la autorización para que Transbank pueda cobrar tarifas, respecto de su margen adquirente, distintas a aquellas determinadas según sus costos económicos, permitiendo ofrecer descuentos para igualar las tarifas de la competencia, en relación con determinados límites inferiores y superiores de sus tarifas”, cuestionó la FNE en su recurso de reclamación.
El recurso de la Fiscalía profundiza sobre este punto: "Transbank tendrá la facultad de igualar las tarifas de sus competidores (descuentos denominados “meeting competition”), supeditado al cumplimiento de las condiciones fijadas en la misma resolución, en los términos propuestos por Transbank, a pesar de que los mismos fueron cuestionados expresamente por la Corte en la sentencia de 2022”.
“Esta medida se aparta del principio de igualdad al establecer valores diferenciados de margen adquirente sin una justificación objetiva de costos”, indicó la Fiscalía Nacional Económica.
La FNE argumentó en su escrito que, a pesar de la entrada de múltiples nuevos operadores en servicios de adquirencia, estos solo han logrado participación de mercado en los segmentos de comercios con menor número de transacciones y de menor valor de ticket promedio, mientras que Transbank mantiene participaciones más altas en los comercios de alto volumen de transacciones.
“Si hasta hoy esos clientes de Transbank son difícilmente disputables por otros adquirentes, autorizarle a otorgar descuentos para igualar a la competencia -y así retener esos clientes- lo hará aún más difícil”, afirmó la FNE.
Mercado Pago: tasas no han caído
No solo la Fiscalía se opuso al plan tarifario de Transbank. Actores del negocio como por ejemplo, Mercado Pago de la gigante argentina Mercado Libre, también interpuso un recurso de reclamación.
El escrito presentado por los abogados del estudio Contreras Velozo, que asesora a Mercado Pago, criticó el fallo del Tribunal, ya que a su juicio, la revisión del plan tarifario de Transbank debía realizarse una vez que los costos de marca y las tasas de intercambio de la industria hubieran bajado significativamente. Esta caída, según Mercado Pago, aún no se produce.
También, cuestionó la autorización a Transbank para igualar las tarifas de sus competidores porque “al prohibir a Transbank la cláusula de meeting competition, se previenen efectos exclusorios, y se resguarda el principio de igualdad y no discriminación, ya que aplicará el mismo precio a todos sus clientes. El hecho de que Transbank insista en ejercer dicha facultad en el nuevo sistema tarifario que propone implica una infracción directa a estos principios y genera, en consecuencia, efectos anticompetitivos”, afirmó el recurso.
Asimismo, cuestionó el fallo del Tribunal en relación a permitir la desregulación de Transbank cuando se cumpla la condición participación mensual en el segmento de procesamiento adquirente sea inferior a 50% por un período de seis meses seguidos.
A juicio de Mercado Pago, para que esto ocurra, Transbank debe tener una disminución sustancial de participación de mercado en el procesamiento adquirente. “Sin embargo, no parece razonable que esta participación se mida en número de transacciones y no en volumen o monto de las mismas, sobre todo teniendo en cuenta que, como la propia resolución recurrida consigna, Transbank tiene una participación predominante en los grandes comercios que tienen un ticket promedio relativamente mayor”, afirmó el recurso.
Falabella cuestiona Panel de Expertos
El Grupo Falabella, a través de sus empresas Falabella Retail, Sodimac e Hipermercados Tottus, también interpuso un recurso de reclamación ante el TDLC.
En su escrito, cuestionó la decisión del Tribunal respecto a la participación de un Panel de Expertos, que tendrá la tarea de recomendar las tarifas del margen adquirente a Transbank.
“Las disposiciones sobre funcionamiento del Panel de Expertos deben reforzarse aún más que lo establecido por el Tribunal toda vez que, de mantenerse tal como determina la resolución recurrida, no se satisfacen estándares mínimos de debido proceso ni de prevención de infracciones a la normativa de libre competencia”, criticó Falabella.
Klap: fallo contraviene sentencias
Por su parte, la empresa de medios de pago Klap, ligada a Sonda, cuestionó el fallo ya que, a su juicio, contraviene las sentencias de la Corte Suprema sobre esta materia. emitidas en 2019 y 2022.
En su recurso de reclamación presentado por su abogado, Andrés Fuchs, también se critica la autorización a Transbank de igualar las tarifas de sus competidores bajo ciertas condiciones.
“De permitirse que Transbank iguale la tarifa de sus competidores se abrirá la posibilidad de que Transbank incurra nuevamente en prácticas discriminatorias que no se encontrarían fundadas en costos”, escribió Fuchs en el escrito.