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SBIF pone en consulta norma que aumenta exigencias a directores y presidentes de bancos
Aborda desde la administración de riesgos hasta la relación con las auditoras y potenciales conflictos de interés.
Por: Equipo DF
Publicado: Viernes 24 de mayo de 2013 a las 05:00 hrs.
La Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) puso ayer en consulta la norma con la que busca regular el gobierno corporativo de los bancos, poniendo énfasis en la responsabilidad del Directorio, tanto en la administración de riesgos como en la entrega de información de interés público.
La SBIF puntualizó que el directorio es el principal articulador del gobierno corporativo y de “una gestión prudente de los riesgos que enfrenta la entidad”. En ese contexto, plantea que es fundamental que su labor estratégica, orientada a la fijación de políticas y evaluación de su cumplimiento, “se mantenga separada de las funciones propias de los gerentes u otras instancias en las que delega la implementación de tales políticas”.
Sobre los elementos de un buen gobierno corporativo, el texto lo define como el “establecimiento de objetivos estratégicos, valores corporativos, líneas de responsabilidad, monitoreo y rendición de cuentas”.
Para cumplir lo anterior, sostiene que la entidad debe mantener “políticas formalmente establecidas para la administración de los distintos riesgos”, así como establecer “líneas claras de responsabilidad, para asegurar que los objetivos estratégicos y valores corporativos sean divulgados mediante mecanismos formales, establecidos por él mismo o por la instancia a la cual delega tal responsabilidad, de manera de lograr su oportuno y cabal entendimiento y aplicación al interior de la institución”.
En cuanto a la responsabilidad del presidente, la normativa señala que debe velar por el suficiente y oportuno flujo de información a los miembros del directorio, así como la organización de la agenda de trabajo y garantizar el respaldo y almacenamiento de los acuerdos adoptados.
Autoevaluación
También hace especial hincapié en que el directorio debe mantener mecanismos formales de evaluación de la alta administración, lo que incluye su autoevaluación periódica.
Incluso, plantea que para que la función de auditoría interna se desarrolle eficazmente y con la debida independencia, es indispensable que el compromiso del directorio se plasme a través de la entrega de un marco de acción general, la definición de una estructura jerárquica adecuada y de una apropiada validación.
Conflicto de interés
Por su parte, en lo referido al funcionamiento del directorio, el texto firmado por Raphael Bergoeing pone énfasis en los potenciales conflictos de interés de los ejecutivos. Así, afirma que los directores deben “evitar ser parte de comités que tengan funciones contrapuestas o que por su naturaleza, puedan generar conflictos de interés”.
Y agrega incluso que en aquellos casos donde participen asesores externos para apoyar el trabajo del directorio, “se debe revisar cuidadosamente cualquier conflicto de interés que pudieran presentar, además de acotar el alcance del rol que desempeñen”.
Sobre la entrega de información de interés, el texto plantea que el directorio deberá poner en conocimiento de los auditores externos, con prontitud, “todas las materias o situaciones que pudiesen resultar relevantes para fines de la auditoría externa”.