DOLAR
$964,03
UF
$39.246,72
S&P 500
6.411,46
FTSE 100
9.189,22
SP IPSA
8.736,84
Bovespa
134.432,00
Dólar US
$964,03
Euro
$1.122,82
Real Bras.
$175,47
Peso Arg.
$0,75
Yuan
$134,19
Petr. Brent
65,96 US$/b
Petr. WTI
62,13 US$/b
Cobre
4,43 US$/lb
Oro
3.358,90 US$/oz
UF Hoy
$39.246,72
UTM
$68.647,00
¿Eres cliente nuevo?
REGÍSTRATE AQUÍEl proyecto que fue aprobado por unamidad pasará a segundo trámite Constitucional en el Senado.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Jueves 12 de noviembre de 2015 a las 13:46 hrs.
La Cámara de Diputados aprobó por unanimidad (106 votos) el proyecto de ley presentado por el gobierno que fortalece el sistema de defensa de la libre competencia, y que establece penas de cárcel y eleva las multas en los casos de colusión.
Ahora el proyecto pasará a segundo trámite Constitucional en el Senado.
"Este proyecto es una poderosa señal a quienes dañan libre competencia, la colusión es un delito y tiene que ser sancionada duramente, y este proyecto de ley lo hace", dijo el ministro de Economía, Luis Felipe Céspedes.
El proyecto contempla:
I. Propuestas para perfeccionar las herramientas de combate a colusión: establecer un tipo penal especial para casos de colusión contemplado en el Código Penal; extender expresamente la exención de responsabilidad derivada de la delación compensada a la responsabilidad criminal por el delito de colusión; establecer un límite máximo flexible para las multas por conductas anticompetitivas; prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración del Estado; ajustar el tipo de colusión de la Ley de Defensa de la Libre Competencia; prohibir la participación simultánea de una persona en cargos ejecutivos o de director en dos o más grandes empresas que sean competidoras entre sí.
II. Control preventivo y obligatorio de fusiones u operaciones de concentración
III. Protección de los derechos de los consumidores: Agilización de la posibilidad de que víctimas sean indemnizadas de los perjuicios que se les causen; aplicación de las acciones para proteger el interés colectivo o difuso de los consumidores; los beneficios de la delación compensada que se establecen en favor de los infractores no podrán extenderse a las indemnizaciones de perjuicios.
IV. Otras mejoras institucionales y procedimentales: Nueva facultad de la FNE para llevar a cabo estudios de mercado.