Economía y Política
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Publicado: Viernes 19 de julio de 2013 a las 05:00 hrs.
En la quinta publicación de este frente a frente tributario, Claudio Agostini y Bernardo Fontaine abordan los eventuales efectos que puede tener la propuesta de reforma tributaria de Michelle Bachelet en el mercado de capitales. Ambos expertos entregan su visión, la cual incluye desde un posible impacto en el valor de las acciones hasta la opción de derogar o no el artículo 18 ter (actual 107) que exime de impuesto la ganancia de capital por la venta de acciones en la bolsa. En definitiva, una mirada amplia de los cambios que propone la candidata de la Nueva Mayoría y las consecuencias sobre el mercado.
Claudio Agostini, académico UAI y ex asesor de Claudio Orrego: "Tratamientos tributarios preferenciales a ganancias de capital generan una ´industria´ de elusión"
- ¿Por qué derogar o no el 18 ter (actual artículo 107) que exime de impuesto la ganancia de capital por la venta de acciones en bolsa?
- Las ganancias de capital corresponden a la utilidad o pérdida que se produce al vender un activo. Con impuesto al ingreso óptimo, las ganancias reales de capital tributarían cada año en la medida en que ocurren y a la misma tasa que tributan otros ingresos. Las pérdidas reales, por otro lado, serían completamente deducibles de la base del impuesto.
Los regímenes especiales y exenciones al impuesto al ingreso rompen la equidad horizontal y generan ineficiencias importantes. En particular, tratamientos tributarios preferenciales a las ganancias de capital generan una "industria" de elusión tributaria que distorsiona las decisiones de inversión, de elección ocupacional y la estructura organizacional de las actividades económicas. Además aumentan la desigualdad, por lo que son una mala idea tanto por eficiencia como por equidad.
Por el contrario, tratar tributariamente las ganancias de capital y los dividendos igual que cualquier otro ingreso genera ganancias de eficiencia, restaura la equidad horizontal y hace más progresivo el impuesto, incluso bajando tasas para mantener la recaudación constante.
- ¿Qué otros efectos causará la reforma en el mercado de capitales?
- Es difícil predecir la dirección del efecto y aún más su magnitud. El impuesto a las ganancias de capital reduce el volumen de transacciones en el mercado porque genera un costo de transacción. Sin el impuesto, y dejando el riesgo constante, los inversionistas venderían las acciones con las que han obtenido una ganancia de capital si la tasa de retorno esperada de otras acciones alternativas es mayor que la esperada en las acciones que tienen. El impuesto obliga a que la tasa de retorno esperada en las acciones alternativas sea mayor para poder compensar el pago de impuestos al vender las acciones que tienen. Mientras mayor tenga que ser esta tasa de retorno esperada menos probable es que encuentren nuevas inversiones que los hagan vender las acciones que tienen. Este es el efecto "lock-in" y lleva a que exista un menor volumen de venta de acciones.
Para acciones que acumulan pérdidas de capital el impuesto genera incentivos a vender con el objeto de que las pérdidas permitan reducir la base tributaria del impuesto al ingreso. Sin embargo, los inversionistas también tienen incentivos para no realizar las pérdidas de capital hasta muy tarde y sí realizar las ganancias demasiado temprano. Este es el "efecto disposición" y predice
lo opuesto respecto al efecto del impuesto a las ganancias de capital. En la práctica,
la evidencia empírica no es concluyente respecto al efecto del impuesto a las ganancias de capital en el volumen de transacciones.
Lo que me parece más relevante de destacar, en todo caso, es que un sistema tributario debe tener neutralidad entre los distintos activos en los cuales se puede invertir. En Chile hay múltiples distorsiones tributarias entre distintos instrumentos financieros, lo que rompe la neutralidad y genera ineficiencias importantes debido a la capacidad de arbitraje existente en el sector financiero. Avanzar en la neutralidad tributaria entre activos financieros y también entre fuentes de ingreso tiene efectos positivos sobre la economía.
Bernardo Fontaine, economista y presidente de 7A: "Las empresas valdrán menos debido a que pagarán más impuestos a sus propias utilidades"
- ¿Por qué derogar o no el 18 ter (actual artículo 107) que exime de impuesto la ganancia de capital por la venta de acciones en bolsa?
- Volver a gravar esas ganancias, como sucedía hace algunos años atrás, sería nocivo porque reduce las compraventas de acciones con lo que el mercado bursátil chileno perdería liquidez. El principal problema de la bolsa chilena es, precisamente, su liquidez reducida.
Además, si aquí se paga por las ganancias de capital, el mercado bursátil chileno quedaría en desventaja con respecto a otras bolsas internacionales donde no existe este impuesto. Más aún, los inversionistas extranjeros invertirían menos en Chile. Las grandes empresas chilenas, para mantener el atractivo de sus acciones para los inversionistas extranjeros, volverían a emitir ADR (acciones en USA), donde no hay impuesto a las ganancias de capital. De esta forma, parte de las transacciones que hoy se realizan en nuestras bolsas pasarían a transarse en USA y las empresas chilenas se financiarían con más costos. El Fisco no recaudaría por las transacciones que se efectúen en ADRs. Los accionistas de las empresas medianas no podrían recurrir a los ADRs y pagarían más impuesto.
Desde el punto de vista técnico, el impuesto a las ganancias de capital puede ser una doble tributación cuando una empresa vale más, porque va a generar mayores utilidades futuras. Esas mayores utilidades van a pagar impuestos en su momento por lo cual no se justifica gravarlas además como ganancias de capital.
- ¿Qué otros efectos causará la reforma en el mercado de capitales?
- Una baja en el valor de acciones porque las empresas valdrán menos debido a que pagarán más impuestos a sus propias utilidades (del 20% al 25%), sus accionistas pagarán global complementario por las utilidades devengadas totales y por el dividendo que reciban y además se acabará el 18 ter. Todo eso afectará negativamente a los accionistas mayoritarios, minoritarios, fondos mutuos, cuentas de APV y cuentas individuales de las AFP.
Hay otros problemas. ¿Cómo paga impuestos el accionista de una sociedad de inversiones, la cual es socia de otra sociedad de inversiones, que a su vez es socia de una sociedad anónima? ¿Debe consolidar las utilidades? ¿Qué pasa con el aportante de fondos mutuos accionarios? ¿Él recibirá anualmente una lista de los pedazos de utilidades que le corresponden, de acuerdo a las acciones en las cuales invirtió su fondo mutuo? ¿Va a pagar según esa lista, impuestos personales sin que haya recibido flujos de sus cuotas de fondo mutuo porque no las ha vendido?
Dudo que los arquitectos del "mazazo" tributario propuesto por Bachelet hayan vislumbrado su masivo efecto sobre el mercado de capitales, los accionistas minoritarios, los fondos mutuos, las cuentas de APV y AFP, etc.
Otro efecto será el fin de la exención de impuestos a los fondos de inversión que fue creada para desarrollar una industria de capital de riesgo. Aquí, nuevamente se prefiere eliminar la norma en vez de cerrar los posibles espacios para abusos.
Por último, el incremento del impuesto de timbres y estampillas hará más caros los préstamos y disminuirá en el margen la competencia bancaria al hacer un poco más caro el traslado de créditos de un banco a otro.
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