Definitivo: Congreso aprobó multa por no votar para chilenos que regirá en noviembre para elecciones presidenciales y parlamentarias
La Cámara de Diputados también respaldó el proyecto que aumenta los requisitos de permanencia en Chile para que los extranjeros puedan participar en futuros procesos electorales.
Por: Rodolfo Carrasco
Publicado: Lunes 29 de septiembre de 2025 a las 20:10 hrs.
Foto: Aton
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Definitivo: la Cámara de Diputados aprobó un proyecto clave para hacer efectivo el voto obligatorio y poder cursar una multa asociada a no cumplir con esta obligación cívica para los ciudadanos chilenos.
Asimismo, la Corporación también aprobó las restricciones al sufragio de los extranjeros avecindados en Chile, a siete semanas de las elecciones presidenciales y parlamentarias del 16 de noviembre.
Respecto a la multa por no votar, la iniciativa se había originado en una moción de la diputada Joanna Pérez (Partido Demócrata), que proponía sancionar a los chilenos que no concurrieran a las urnas con una multa de entre 0,5 UTM y 3 UTM (entre $ 34 mil a $ 207 mil).
Sin embargo, dicha propuesta fue rechazada en la Cámara Baja por falta de votos del oficialismo que fundamentó su rechazo en que los montos eran excesivos.
Por lo anterior, el Gobierno inició negociaciones y la ministra de la Secretaría General de la Presidencia (Segpres), Macarena Lobos, logró un acuerdo presentando una indicación en el Senado que fue aprobada, reduciendo el rango de la multa a entre 0,5 UTM y 1,5 UTM (desde $ 34 mil a $ 103 mil aproximadamente).
El tema del voto de los extranjeros se legisló en un segundo proyecto, que también se aprobó, y que eleva los requisitos para que los extranjeros puedan votar, al aumentar de cinco años a diez años el período de residencia ininterrumpida en Chile para ejercer el derecho a sufragio y regula además el tiempo permitido de salidas del país durante dicho período.
El artículo específico señala que “los extranjeros avecindados en Chile por más de diez años ininterrumpidos, y que cumplan con los requisitos señalados, podrán ejercer el derecho de sufragio en los casos y formas que determine la ley”.
Se precisa que “los extranjeros sólo se considerarán avecindados a partir del momento en que obtengan un permiso de residencia definitiva. Con todo, durante el período de avecindamiento, no deberán registrar salidas del país por más de 90 días en cualquier período de 12 meses”.
Esta norma para extranjeros regirá a partir de 2026, es decir, no opera para las elecciones de fin de año.
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