En un ambiente de completa solemnidad se llevó a cabo la vista de causa del requerimiento de Empresas Ariztía, al interior del Tribunal Constitucional. La firma pide que se declare “inaplicabilidad por inconstitucionalidad” a la citación a declarar de su gerente general, Ismael Correa, en el marco del Caso Pollos que ve el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC). Tras la sesión, el fiscal nacional económico, Felipe Irarrázabal, recalcó que espera que el TC “resuelva de una manera que a nuestro juicio es prudente y razonable y que las empresas vayan a dar la cara al TDLC”.
La sentencia se podría conocer en dos a tres meses.
FNE: "este recurso es improcedente"
"Este recurso a juicio de esta parte es inadmisible y también improcedente y en consecuencia se debería desechar. Y yo creo después de hacer éste análisis, este estudio, creo que las empresas deben dar la cara", afirmó el fiscal nacional económico, Felipe Irarrázabal, mientras argumentaba por qué consideran que el ejecutivo de Ariztia debe prestar declaración.
Otra de las razones esgrimidas es que "todos los hechos ejecutados por el gerente general son de la empresa". "Esto no es coacción ilegítima y esto no es apremio, menos cuando las empresas reclaman su entera inocencia. No tendrían nada que temer y menos cuando no habría sanción penal". Dijo, además, que tampoco es coacción que Correa declare bajo juramento, añadiendo que "parece que el problema ahora no es el juramento, sino que no quieren ir".
Ariztía: no reclamamos silencio
En representación de Ariztía, el abogado Jorge Correa recalcó que "no es el silencio" lo que reclaman como garantía consitucional, sino que es lo que "textualmente" le garantiza la Constitución: "Ningún acusado puede ser obligado a declarar bajo juramento". Y es que considera que "la persona jurídica que, a través de su representante, se ve en la obligación de declarar bajo juramento sobre hechos propios, se ve obligada a declarar contra sí misma", recordando que Ismael Correa ha asistido dos veces a declarar ante la FNE. También indicó que "la absolución de posiciones, a diferencia del testimonio, no permite al declarante explayarse sobre el punto de prueba, sino que lo obliga a responder concretamente a las preguntas a las que se somete, entonces no es una declaración. (...) No goza del derecho a defensa quien se ve obligado a dar cuenta de sus actos bajo juramento. Es la antítesis de la defensa".
Don Pollo: multas podrían significar cese de sus actividades
Tras escuchar los argumentos de las partes, la magistrada Marisol Peña emplazó a la empresa Don Pollo: "Quiero entender por qué razón usted concluye que la citación a absolver posiciones (...) que se está impugnando en estos autos como vicio constitucional conduce necesariamente a respuestas que, desde la perspectiva de la autoincriminación, van a perjudicar a sus clientes". Ante eso la abogado de la firma, Patricia Miranda respondió que "no significa necesariamente que va a perjudicar, pero que podría hacerlo (...) Lo que se está tratando de hacer con esto es utilizar al declarante como instrumento de prueba en su contra, independientemente de lo que está declarando". En su argumentación dijo que el monto de las multas que se piden (unos $ 14.500 millones) "representa un impacto económico extremadamente fuerte que en el caso de mi representada podría significar el cese de sus actividades", lo que fue refutado por la FNE: "Éstas no son pobres empresas", afirmó Irarrázabal.