Hoy el Tribunal Constitucional (TC) de Perú falló en contra de una demanda interpuesta por congresistas de ese país en contra de tres aspectos esenciales de la Ley de Reforma del Sistema Privado de Pensiones, Ley N° 29903.
En uno de esos aspectos de la demanda afectaba directamente a la AFP Habitat, ya que el argumento de los congresistas limeños sostenía que la licitación ganada por Hábitat mediante una licitación realizada por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFPs (SBS) afectaba el derecho al libre acceso a las pensiones.
En ese sentido, el organismo rector de las normas peruanas declaró que "la medida se encuentra justificada por la búsqueda del aumento de la competencia entre las AFPs y de mejora de las condiciones para afiliados, asimismo el TC hace notar que la limitación del derecho es de carácter temporal (dos años)".
"El Colegiado ha interpretado que la norma es constitucional siempre que el afiliado -como lo establece la ley en un artículo no impugnado- pueda salir de la AFP adjudicataria (que es Habitat) si ésta obtiene una rentabilidad neta menor a la comparativa del mercado, decisión que pueden tomar los nuevos afiliados si es que la SBS les proporciona información objetivamente veraz, suficiente, de sencillo acceso y de fácil comprensión", enfatizó la institución en su sitio web.