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REGÍSTRATE AQUÍEl gremio de alimentos solicitó ayer reuniones con los ministerios de Salud y Economía para esclarecer las dudas que persisten en el sector.
Por: Nidia Millahueique M.
Publicado: Martes 6 de diciembre de 2016 a las 04:00 hrs.
La delimitación en el uso de imágenes en los alimentos realizada por el Ministerio de Salud no dejó satisfecha a la industria, ya que según Rodrigo Álvarez, presidente de la Asociación de Alimentos y Bebidas de Chile (AB Chile), “esto genera una enorme incertidumbre”.
“Llama la atención la falta de certezas que requiere cualquier proceso productivo y jurídico. Que de un momento dado se establezca si un viejo pascuero con determinado papel celofán es válido y con otro papel de otro color no lo es, nos parece que es una incertidumbre absoluta”, adviertió
Esto ante los criterios que transmitió ayer en DF la jefa del Departamento de Nutrición y Alimentos del Minsal, Lorena Rodríguez, quien hizo ver que las directrices de fiscalización de la normativa se irán actualizando en el tiempo y surgirán nuevos ejemplos de cómo se aplica o no la ley.
Álvarez, cuestionó que a medida que surgen los productos se determine si corresponde o no, dado que las partidas de alimentos se definen con meses de antelación. Por ejemplo, la mayoría de los productos para Semana Santa “ya están todos encargados”.
“Nos parece que es una interpretación excesiva del reglamento y al mismo tiempo va a producir problemas tanto en publicidad como también en propiedad intelectual y marcas en general”, agregó Álvarez.
AB Chile ya solicitó reuniones con los ministerios de Salud y Economía. Con la primera cartera esperan tener la cita esta semana, mientras que están a la espera de la respuesta del ministro Céspedes.
“Llegar a ese nivel de subjetividad resulta sorprendente y preocupante para poder aplicar correctamente esta política pública que todos queremos”, enfatizó.
Sobre la posibilidad de nuevas directrices, Álvarez comenta que “tampoco ha habido claridad de cuáles son las directrices, aun cuando son materias que deben interpretar cada uno de los seremis que fiscalizan”.
“Nos parece extraño que una política pública vaya cambiando constantemente a partir de directrices que se van dando caso a caso (...) No nos deja más tranquilos la medida, porque no nos parece una buena forma de fiscalizar ni aplicar un reglamento”, dijo.
Consultado por las acciones que están realizando las diferentes empresas de alimentos para cumplir con la ley 20.606, Álvarez dice que siguen trabajando en distintas situaciones, dependiendo de la materia a tratar.
“Hay materias de propiedad intelectual que están en discusión y que son preocupantes. Durante todo el proceso de aprobación de la ley y del reglamento siempre se dijo que se iba a respetar plenamente la propiedad intelectual y eso hoy día no ha ocurrido. Hay discusión sobre el uso de figuras, de personajes y por lo tanto la claridad es algo que echamos de menos”, indicó.
Cuando un producto no cumple con el reglamento, el sumario es para quien comercializa al usuario final, es decir, mayoritariamente los supermercados. Por ello, se han logrado acuerdos entre proveedores y establecimientos, donde se establece que si hay un problema con un producto, éste puede ser devuelto, lo que no es usual en este negocio.
¿Lo anterior ha provocado problemas en las empresas de alimentos? Según Álvarez, hasta el momento no y asegura que los supermercados “tienen los mismos problemas que nosotros por falta de claridad de la autoridad, porque se establecen directrices conforme a lo que puede o no pensar un seremi a partir de casos concretos”.
A la fecha van cerca de 1.000 establecimientos expendedores de alimentos fiscalizados, mientras que los alimentos son más de 3.000. De ellos entre el 40% y 50% se han detectado sospechas de incumplimiento, pasando a sumario.
Los alimentos que pueden y no tener publicidad
¿Qué alimentos tienen restringida la publicidad a menores de 14 años?
Los alimentos a los que se les hayan adicionado en su elaboración azúcares, grasas saturadas o sodio y superen los límites establecidos por el Minsal, sean éstos envasados o no.
¿Cuándo una publicidad está dirigida a menores de 14?
Cuando emplea personajes y figuras infantiles, animaciones, dibujos animados, juguetes, música infantil, o si muestra personas o animales que atraigan el interés de menores de 14 años, o si contiene declaraciones o argumentos fantásticos acerca del producto o sus efectos, voces infantiles, lenguaje o expresiones propias de niños.
¿Qué pasa con los productos para épocas festivas?
Según han explicado desde el Minsal, si un producto para una época festiva -como un viejo pascuero de chocolate- tiene un envase transparente y siguiendo su figura, no representa publicidad a menores. Pero si independiente de la figura del producto, el envase tiene una imagen -como un viejo pascuero cerrando un ojo-, sí se contraviene la normativa.
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