Justicia declara ilegales y deja sin efecto los contratos multifuncionales de Walmart Chile
El Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago dio un plazo de 30 días hábiles a la empresa para regularizar la situación laboral de los empleados con el cargo de “operador de tienda”.
Por: Carolina León y Martín Baeza
Publicado: Jueves 10 de noviembre de 2022 a las 04:00 hrs.
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La disputa en torno a los contratos multifuncionales de la matriz de los supermercados Líder, Walmart Chile, suma un nuevo capítulo.
Con fecha 7 de noviembre, el Segundo Juzgado de Letras del Trabajo de Santiago falló en contra de la supermercadista y señaló que el cargo de “operador de tienda” -un perfil laboral multifuncional- creado por la compañía “resulta ilegal”. Esta decisión secunda lo previamente dictaminado en dos ocasiones por la Dirección del Trabajo (DT).

Así, el tribunal sentenció que se les deja sin efecto y le entregó a Walmart un plazo de 30 días hábiles para regularizar las descripciones de los cargos de los trabajadores.
La filial de la gigante estadounidense lleva años trabajando en un plan de transformación interna que tiene entre sus focos mejorar la rentabilidad de sus tiendas y aumentar las ventas por internet, lo que incluye la automatización de procesos y dejar de lado los puestos laborales unifuncionales -como los cajeros- para avanzar hacia cargos que combinen responsabilidades. Esto ha desembocado en olas de despidos al interior de la firma durante los últimos años.
En este marco, el 31 de enero de 2021, la empresa suscribió un contrato colectivo con los trabajadores para avanzar en esta transición, que definía las condiciones del proceso e incluía la realización de un plan de capacitación y una mesa de trabajo.
No obstante, el Sindicato Inter-Empresa Líder (SIL) demandó a la firma por incumplir dicho pacto, acusando que los contratos polifuncionales no entregaban las condiciones de seguridad ni dejaban claras las responsabilidades de los “operadores de tienda”. Esto fue acogido por la justicia.
La medida afecta a cerca de ocho mil trabajadores afiliados al SIL.
Eso sí, el tribunal descartó que Walmart tuviese que indemnizar a los trabajadores. El SIL había solicitado compensaciones de entre $ 1 millón y $ 4 millones -dependiendo de la antigüedad de los empleados- más indemnizaciones para el sindicato de $ 250 millones por el daño a la imagen del SIL y otros $ 50 millones por el lucro cesante.
Las razones de la justicia para respaldar su decisión giran en torno a la falta de certezas laborales para los trabajadores de la compañía.
El Juzgado argumentó que estos contratos multifuncionales estipulaban para un mismo empleado labores integrales de una sala de ventas -como reponer, cobrar, vender- así como complementarias -atender clientes, etiquetar, pesar y envasar-, tareas que, desde su perspectiva, no comparten una misma naturaleza y le quitan certeza a los trabajadores de sus responsabilidades.
Para graficar la problemática, el tribunal mencionó labores al interior de un supermercado que no pueden ser identificadas como similares. “La destreza principal del carnicero está en el trozado de la pieza, mientras que la principal habilidad del pastelero es el empaque o envasado de productos”, ejemplifica el fallo.
Para la justicia, el listado de tareas de es tan amplio “que implica que el trabajador debe estar disponible para desarrollar cualquiera de las labores que le sean encomendadas al empleador”.
Tras este fallo, la empresa podría presentar un recurso de nulidad ante la Corte de Apelaciones.
Reacciones de las partes
Juan Moreno, presidente del SIL, y Bárbara Caro, abogada de esa organización, consideran que pese a tratarse de un fallo de primera instancia, es un pronunciamiento dejará un precedente. “Estuvimos en huelga en 2019 por este tema, y justamente peleábamos para que los cambios se realizaran con la preparación adecuada y no de forma unilateral; este fallo nos da la razón en lo que exigíamos”, comentó el dirigente.
Por su parte, la abogada planteó que el problema de la multifuncionalidad son sus consecuencias, ya que se ponen en riesgo la vida y salud de los empleados.
Para Jorge Arredondo, socio y director del grupo laboral de AZ, se trata de un pronunciamiento clave, ya que “el tribunal laboral compatibiliza nuevas tecnologías, automatización y certeza de las relaciones laborales, la relevancia está por los contenidos mínimos que debe tener el contrato en cuanto a las funciones que debe tener el trabajador”.
La empresa fue consultada al respecto, y señalaron que están “convencidos que el rol de operador de tienda es clave para hacernos cargo del futuro laboral de nuestros colaboradores, ya que les entrega nuevas herramientas para que ganen en flexibilidad y empleabilidad en el mercado laboral actual”.
En esa línea, agregaron que en el transcurso del tiempo han perfeccionado continuamente su proceso de reconversión “en base a la retroalimentación directa de nuestros mismos colaboradores y los acuerdos que hemos ido alcanzando con los sindicatos”.
¿De qué forma? Según precisaron, el plan de reconversión “entrega certezas a los colaboradores respecto a las actividades que deben realizar y existe una planificación de turnos y tareas mensual y centralizada, lo que se complementa con una exhaustiva fiscalización interna de su cumplimiento. Adicional a esto, la compañía ha implementado un acompañamiento permanente a los colaboradores con capacitaciones para poder ejercer el cargo de Operador de Tienda”.
Pese a que este fallo involucra a un universo más grande de trabajadores, no es el único pronunciamiento en este tema. Un caso similar ocurrió en Concepción con cerca de 270 trabajadores. En dicho caso, tanto la justicia de primera instancia como la Corte de Apelaciones fallaron a favor de la empresa.
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