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REGÍSTRATE AQUÍPor: Equipo DF
Publicado: Jueves 12 de noviembre de 2020 a las 04:00 hrs.
-¿Cuál es la importancia que tiene el acuerdo como una señal a las empresas?
-Es histórico porque es la primera sentencia judicial que establece una condena a compensar a empresas que se coluden en un ilícito anticompetitivo. Los otros casos han sido avenimientos y procesos conciliatorios.
Entonces establece un daño al colectivo -a quienes compraron con sobreprecio los medicamentos-, y también hay una compensación al “difuso”, es decir, se establece que hay un daño que se genera a toda la sociedad a través de los consumidores que no pudieron adquirir estos 206 medicamentos. Este tipo de compensación se ha dado en muy pocos países del mundo.
-¿Qué sucede con los consumidores que no aparecen inicialmente entre los beneficiados y aleguen sobreprecios?
-Quienes crean que fueron afectados por la colusión -comprando cualquiera de estos 206 medicamentos entre diciembre 2007 y marzo de 2008 y acrediten aquello-, pueden llenar un formulario que está en la página web del Sernac. Nosotros lo analizaremos para ver si les corresponde y entregarles la compensación.
-La resolución por compensación se dio a conocer una década después de conocerse la colusión ¿Se puede mejorar la norma?
-El sistema actual establece que primero se debe declarar el ilícito anticompetitivo para demandar los daños, cosa que a juicio del Sernac es perfectible, porque los consumidores afectados se compensan con posterioridad al Fisco y eso podría generar un efecto que impacte a los consumidores. Si la empresa no tiene la suficiente espalda financiera para pagar las multas y las compensaciones, se van a preferir las multas. Esos procedimientos son especiales y largos, y si bien se han acortado en distintas modificaciones legales, y la última entró en vigencia el año pasado, no se le aplica a este juicio sino a juicios posteriores. Adicionalmente, son procesos complejos desde el punto de vista probatorio.
-¿Qué cambios se podrían hacer a la normativa actual?
-Lo deseable sería que la compensación a los consumidores se pague antes que al Fisco, pero hay argumentos en ambos sentidos porque primero hay que declarar el ilícito y luego buscar las compensaciones.
Profesionales enfatizan que la coordinación institucional que requiere la defensa en estos casos es fundamental. En tanto, también acusan ciertas barreras que les impide ejercer su rol de mejor manera.
“Solo queda aceptar que estos (daños) ocurrieron por la magnitud inesperada e imprevisible de la crecida del río en esa época del año, lo que constituye caso fortuito”, dijo el tribunal. Los privados apelaron.
Según una investigación realizada por ComunidadMujer y el Ministerio de Hacienda, las dimensiones con más peso son la preparación y servicio de comida, así como estar a cargo de los niños.
El reconocido escultor chileno, nos comparte su visión del arte, el proceso creativo detrás de sus obras y los desafíos de llevar la escultura contemporánea a nuevos espacios. En esta entrevista, descubrimos la inspiración y las historias que dan vida a su trabajo.