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Publicado: Jueves 12 de noviembre de 2020 a las 04:00 hrs.
-¿Cuál es la importancia que tiene el acuerdo como una señal a las empresas?
-Es histórico porque es la primera sentencia judicial que establece una condena a compensar a empresas que se coluden en un ilícito anticompetitivo. Los otros casos han sido avenimientos y procesos conciliatorios.
Entonces establece un daño al colectivo -a quienes compraron con sobreprecio los medicamentos-, y también hay una compensación al “difuso”, es decir, se establece que hay un daño que se genera a toda la sociedad a través de los consumidores que no pudieron adquirir estos 206 medicamentos. Este tipo de compensación se ha dado en muy pocos países del mundo.
-¿Qué sucede con los consumidores que no aparecen inicialmente entre los beneficiados y aleguen sobreprecios?
-Quienes crean que fueron afectados por la colusión -comprando cualquiera de estos 206 medicamentos entre diciembre 2007 y marzo de 2008 y acrediten aquello-, pueden llenar un formulario que está en la página web del Sernac. Nosotros lo analizaremos para ver si les corresponde y entregarles la compensación.
-La resolución por compensación se dio a conocer una década después de conocerse la colusión ¿Se puede mejorar la norma?
-El sistema actual establece que primero se debe declarar el ilícito anticompetitivo para demandar los daños, cosa que a juicio del Sernac es perfectible, porque los consumidores afectados se compensan con posterioridad al Fisco y eso podría generar un efecto que impacte a los consumidores. Si la empresa no tiene la suficiente espalda financiera para pagar las multas y las compensaciones, se van a preferir las multas. Esos procedimientos son especiales y largos, y si bien se han acortado en distintas modificaciones legales, y la última entró en vigencia el año pasado, no se le aplica a este juicio sino a juicios posteriores. Adicionalmente, son procesos complejos desde el punto de vista probatorio.
-¿Qué cambios se podrían hacer a la normativa actual?
-Lo deseable sería que la compensación a los consumidores se pague antes que al Fisco, pero hay argumentos en ambos sentidos porque primero hay que declarar el ilícito y luego buscar las compensaciones.
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