Mercados
“Coordinación financiera no debe depender de voluntad de autoridades”
Por: | Publicado: Viernes 18 de febrero de 2011 a las 05:00 hrs.
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El abgado y ex Superintedente de Valores, Alberto Etchegaray, valoró la propuesta de crear un Consejo de Estabilidad Financiera. “Por décadas la coordinación de las instituciones de supervisión financiera descansó en la buena voluntad de sus autoridades y sus equipos, voluntad que no sólo es insuficiente, sino que es demasiada riesgosa cuando está en juego la solvencia del sistema financiero”.
Pero para esa coordinación ya existe un Comité de Superintendentes...
Sí, pero ese Comité no establece mandato ni obligatoriedad de actuación conjunta, y por lo tanto no tiene accountability; no entrega facultades especiales para coordinar las tareas de supervisión a los conglomerados; no define un mecanismo de toma de decisiones; no establece procedimientos comunes frente a situaciones de crisis financiera ni define con claridad quién lidera.
Súmele a todas estas dificultades que tampoco está claro el rol que el Banco Central, principal responsable de evitar el riesgo sistémico en nuestra economía, debe cumplir en este Comité.
¿Qué dice la experiencia internacional al respecto?
El sistema norteamericano adolecía de las mismas deficiencias del actual Comité. Por eso, la ley Dodd-Franck, aprobada después de la crisis financiera, creó un nuevo Consejo supervisor presidido por el secretario del Tesoro (nuestro ministro de Hacienda) e integrado por las diez principales instituciones de regulación financiera, incluyendo la SEC y la Reserva Federal. Cada integrante tiene derecho a voto independiente del gobierno y el Consejo tiene que reunirse periódicamente para identificar riesgos sistémicos del sistema financiero y promover regulaciones conjuntas que favorezcan la conducta de los mercados. Esto es muy parecido al modelo que necesitamos seguir en Chile.
Pero para esa coordinación ya existe un Comité de Superintendentes...
Sí, pero ese Comité no establece mandato ni obligatoriedad de actuación conjunta, y por lo tanto no tiene accountability; no entrega facultades especiales para coordinar las tareas de supervisión a los conglomerados; no define un mecanismo de toma de decisiones; no establece procedimientos comunes frente a situaciones de crisis financiera ni define con claridad quién lidera.
Súmele a todas estas dificultades que tampoco está claro el rol que el Banco Central, principal responsable de evitar el riesgo sistémico en nuestra economía, debe cumplir en este Comité.
¿Qué dice la experiencia internacional al respecto?
El sistema norteamericano adolecía de las mismas deficiencias del actual Comité. Por eso, la ley Dodd-Franck, aprobada después de la crisis financiera, creó un nuevo Consejo supervisor presidido por el secretario del Tesoro (nuestro ministro de Hacienda) e integrado por las diez principales instituciones de regulación financiera, incluyendo la SEC y la Reserva Federal. Cada integrante tiene derecho a voto independiente del gobierno y el Consejo tiene que reunirse periódicamente para identificar riesgos sistémicos del sistema financiero y promover regulaciones conjuntas que favorezcan la conducta de los mercados. Esto es muy parecido al modelo que necesitamos seguir en Chile.