Mercados
Regulador de bancos podría licitar gestión de base de deuda consolidada
Indicación presentada buscaba salvar rechazo de parlamentarios a un sistema gestionado por operadores privados.
Por: | Publicado: Lunes 19 de marzo de 2012 a las 05:00 hrs.
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por maximiliano villena
Un incremento en la dotación de personal de al menos 25 personas y un alza no especificada aún en su presupuesto son las implicancias que tendrá para la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) la aplicación de las indicaciones presentadas la semana pasada por el gobierno al proyecto que busca consolidar las deudas de las personas.
El texto, presentado a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, buscaba salvar el rechazo de parlamentarios al hecho que el ente administrador de la nueva base de datos se licitara entre privados, entregando dicha gestión al regulador de bancos.
Sin embargo, el texto estipula que ésta “podrá licitar todo o parte de la administración y operación del Sistema de Obligaciones Económicas en un ente externo”.
Además, la SBIF tendrá una serie de obligaciones, entre ellas elaborar y comunicar el historial a las distribuidoras de la información, y encargar la auditoría externa de procesos del sistema cada dos años, cuyo resultado deberá ser publicado en el sitio oficial de la Superintendencia.
Al respecto, se detalla que “dicha auditoría deberá ser realizada por una empresa de auditoría externa inscrita en el registro que lleva la Superintendencia de Valores y Seguros”.
También queda estipulado que los datos de morosidad que tengan los aportantes de la información -como la banca, el retail y Cajas de Compensación, entre otras entidades- no requieren de la autorización de los deudores al momento de entregarse al sistema, como só lo requiere la información de la deuda positiva.
Distribuidoras y otros
Por otra parte, las indicaciones también aluden a uno de los puntos claves en el sistema de entrega de la información: las distribuidoras, empresas que compran los historiales crediticios de las personas para luego venderlos a quien lo solicite.
Así, las distribuidoras que deseen acceder a la información del historial deberán pagar a la superintendencia una tarifa que será establecida mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda.
En caso que la SBIF licite la administración del sistema, el gobierno incluyó un artículo donde se establece que aquellos que tengan acceso a la información de obligaciones económicas y hagan uso de dicha información para un fin distinto del estipulado, “serán sancionados con las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados, sin perjuicio de las sanciones administrativas que procedan de conformidad con la legislación vigente”.
Por último, se establece que “los prestadores de salud no podrán consultar sistemas de información comercial de ningún tipo, aún con consentimiento, para efectos de condicionar o restringir una atención de urgencia”.
Un incremento en la dotación de personal de al menos 25 personas y un alza no especificada aún en su presupuesto son las implicancias que tendrá para la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF) la aplicación de las indicaciones presentadas la semana pasada por el gobierno al proyecto que busca consolidar las deudas de las personas.
El texto, presentado a la Comisión de Economía de la Cámara de Diputados, buscaba salvar el rechazo de parlamentarios al hecho que el ente administrador de la nueva base de datos se licitara entre privados, entregando dicha gestión al regulador de bancos.
Sin embargo, el texto estipula que ésta “podrá licitar todo o parte de la administración y operación del Sistema de Obligaciones Económicas en un ente externo”.
Además, la SBIF tendrá una serie de obligaciones, entre ellas elaborar y comunicar el historial a las distribuidoras de la información, y encargar la auditoría externa de procesos del sistema cada dos años, cuyo resultado deberá ser publicado en el sitio oficial de la Superintendencia.
Al respecto, se detalla que “dicha auditoría deberá ser realizada por una empresa de auditoría externa inscrita en el registro que lleva la Superintendencia de Valores y Seguros”.
También queda estipulado que los datos de morosidad que tengan los aportantes de la información -como la banca, el retail y Cajas de Compensación, entre otras entidades- no requieren de la autorización de los deudores al momento de entregarse al sistema, como só lo requiere la información de la deuda positiva.
Distribuidoras y otros
Por otra parte, las indicaciones también aluden a uno de los puntos claves en el sistema de entrega de la información: las distribuidoras, empresas que compran los historiales crediticios de las personas para luego venderlos a quien lo solicite.
Así, las distribuidoras que deseen acceder a la información del historial deberán pagar a la superintendencia una tarifa que será establecida mediante decreto supremo del Ministerio de Hacienda.
En caso que la SBIF licite la administración del sistema, el gobierno incluyó un artículo donde se establece que aquellos que tengan acceso a la información de obligaciones económicas y hagan uso de dicha información para un fin distinto del estipulado, “serán sancionados con las penas de presidio menor en cualquiera de sus grados, sin perjuicio de las sanciones administrativas que procedan de conformidad con la legislación vigente”.
Por último, se establece que “los prestadores de salud no podrán consultar sistemas de información comercial de ningún tipo, aún con consentimiento, para efectos de condicionar o restringir una atención de urgencia”.