por maximiliano villena
El pasado 17 de noviembre venció el plazo para que actores del mercado enviaran sus comentarios a la norma que el Banco Central puso en consulta en septiembre, y que se decidió a cambiar luego del caso La Polar. Esta norma modifica la actual regulación de los emisores no bancarios de tarjetas de crédito.
En opinión del gerente general del Comité de Retail Financiero, Claudio Ortiz, el principal problema que presenta la modificación está en el proceso de fiscalización y en los vacíos que se generan para el organismo encargado de supervisar las operaciones de estas firmas.
“Creemos que estamos frente a una normativa que necesariamente debe precisar su alcance en el capítulo de fiscalización. El órgano que finalmente se mandate para estos efectos debe tener instrucciones claras y precisas de parte del instituto emisor”, dice Ortiz.
El comité agrupa en su calidad de emisores de tarjetas a Falabella, Cencosud, Ripley, Walmart, Hites, Corona y ABC Din.
- ¿Cuáles son los mayores efectos que implicará para el sector norma tal como se puso en consulta?
- Luego de un profundo análisis al interior de nuestro directorio, con el apoyo de nuestro comité legal e importantes abogados y economistas externos, hemos concluido que para evitar interpretaciones incorrectas y dar certeza jurídica a futuro, es de gran relevancia que el instituto emisor precise los alcances de la misma en cuanto al proceso fiscalizador que debiera aplicar el organismo asignado para tales efectos.
- ¿Esos son los comentarios específicos que presentaron al Central?
- Estimamos imprescindible que antes que esta norma se oficialice se conozca en detalle los alcances del proceso fiscalizador, para poder emitir una opinión definitiva y definir qué aspectos de ésta debieran resolverse por este medio y cuáles por la vía legislativa.
La nueva regulación, cuya base de entrada a nuestro sector sería la supervisión de los medios de pago que generan acreencias con comercios asociados, debe tener límites claramente definidos para evitar incursionar en materias que excederían su mandato, dada la naturaleza de nuestro modelo de negocios, totalmente distinto al de los bancos. De esta forma, se evitan dudas de inconstitucionalidad de la normativa y su posterior reglamento en el ámbito de la fiscalización.
Efectos en el negocio
- ¿Las mayores exigencias de capital y liquidez que impone la norma afectarán los ratios de rentabilidad del retail financiero?
- Dada la magnitud del capital que respalda las operaciones del retail, ese no es un problema para nuestras empresas, tampoco la liquidez y su mecanismo para respaldar las operaciones con comercios asociados.
- ¿Esta norma podría implicar que el retail financiero deje de prestar?
- En ningún caso. Lo que está en juego es el dinamismo con que actúa nuestro sector en favor de la competencia en este mercado. Los grandes beneficiados han sido los sectores de menos recursos que han accedido al mercado formal del crédito. No debemos olvidar que el retail es la puerta de entrada de las personas al mercado crediticio. Existe el riesgo que esta normativa pueda nivelar hacia abajo en la tarea de bancarización de los nuevos entrantes.
- La norma del Banco Central implica que la regulación de bancos y retail tienda a emparejarse, ¿qué le parece?
- Nos parece esencial que la normativa al respecto reconozca la diversa situación de los actores que integran el mercado de los créditos de consumo mediante la emisión de tarjetas de crédito, que de hecho y de derecho no es la misma para todos. Es muy importante tener presente en el análisis que se realice para emitir la regulación definitiva no sólo el modelo de negocios de nuestra industria, sino que también el real peso relativo en el mercado crediticio. El retail representa menos del 1,3% del total de colocaciones del sistema, y menos del 10% de las colocaciones de consumo a nivel nacional.