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REGÍSTRATE AQUÍEl anuncio realizado por la ministra del Trabajo y Previsión Social, Evelyn Matthei, fija un límite de endeudamiento para pensionados.
Por: Diario Financiero Online
Publicado: Martes 17 de abril de 2012 a las 13:30 hrs.
Como una forma de terminar con los abusos y el sobreendeudamiento que sufren algunos pensionados que acceden a créditos sociales, la ministra del Trabajo y Previsión Social, Evelyn Matthei, anunció hoy una nueva regulación que establece un límite en el endeudamiento que otorgan cajas de compensación.
Tras una reunión con adultos mayores acogidos en el Hogar de Cristo, y acompañada por el subsecretario de Previsión Social, Augusto Iglesias; y por la superintendenta de Seguridad Social, María José Zaldívar, Matthei señaló que "hemos visto con mucha preocupación un endeudamiento excesivo de parte de algunos pensionados y de algunos trabajadores, por lo tanto, ya se ha dictado una circular que venimos trabajando desde fines del año pasado, que fija límites bastante más estrictos de los que existían para dar créditos a pensionados y trabajadores".
La secretaria de Estado agregó que "desde el 1 de junio, cuando entra en vigencia la circular, no se le podrá cobrar más del 5% de su pensión a quienes reciben la Pensión Básica Solidaria, es decir, no se le podrá descontar más de $ 3.924 mensuales. Además, ahora el crédito no podrá ser a más de 5 años, y las cajas no podrán dar más de 8 veces la pensión, o lo que gana el trabajador".
La ministra Matthei sostuvo que las medidas anunciadas también tienen como objetivo "entregar conocimientos financieros básicos a los pensionados y desincentivar las malas prácticas en el otorgamiento y en los procesos de renegociación y reprogramación de los créditos sociales".
Entre las principales modificaciones anunciadas se destacan, la fijación de un límite de endeudamiento equivalente a 8 veces la remuneración, renta o pensión, líquida; la disminución de la carga financiera al modificar los límites de descuento mensual de acuerdo a la remuneración, renta o pensión, líquida, del trabajador o pensionado afiliado, siendo de un 5% en el caso de ingresos inferiores o iguales a la Pensión Básica Solidaria ($78.449 a partir de julio de 2011); el límite de descuento será de un 15% cuando la remuneración, renta o pensión, líquida, sea superior a la Pensión Básica Solidaria, pero inferior o igual al ingreso mínimo para fines no remuneracionales ($ 117.401); y un descuento del 25% cuando la remuneración, renta o pensión, líquida, sea superior al valor del ingreso mínimo para trabajadores mayores de 18 años y hasta 65 años, esto es, $182.000.
Asimismo, el otorgamiento, renegociación y reprogramación de un Crédito Social debe realizarse de forma presencial en las oficinas de la Caja de Compensación y estas deberan entregar información sobre educación financiera en sus páginas web y realizar talleres gratuitos para los pensionados para que éstos adquieran conocimientos en aspectos financieros básicos. Además, deberán realizar publicidad responsable, que no incite al sobreuso de créditos sociales o al sobreendeudamiento.
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