Ambos expertos entregan sus argumentos sobre el impacto que tendrían los cambios tributarios que propone la candidata presidencial Michelle Bachelet para beneficiar a las micro, pequeñas y medianas empresas. La ampliación del 14 ter a un mayor número de compañías y el cambio de sujeto del IVA son los dos mecanismos abordados desde miradas contrapuestas y bajo criterios netamente técnicos.
Claudio Agostini, académico UAI y ex asesor de Claudio Orrego:
"Eliminar renta presunta, el 14 bis y el 14 quáter genera ganancias de eficiencia en la economía importantes"
- ¿Perjudica a las PYME el cambio en el impuesto a las utilidades?
- Las verdaderas PYME se podrán acoger al régimen 14 ter, lo cual simplifica su tributación. La tasa actúa como retención del impuesto del dueño, así que no tiene efectos mayores. De hecho, el cambio a base devengado puede aliviar a muchas cuyos dueños tienen una tasa de impuesto personal menor a 25%. La razón es que hoy las utilidades retenidas pagan 20%, por lo que si sólo se cambia la tasa pagarían 25%, pero con el cambio de base pagarían la tasa del dueño, la que para el 98% de los chilenos es menor a 25%.
- ¿Qué opina del aumento del límite de venta para acoger una empresa al 14 ter a $ 580 millones?
- Me parece razonable si es que se avanza efectivamente en tener sólo dos regímenes tributarios, un régimen general y el 14 ter, eliminando renta presunta, 14 bis y 14 quáter.Aún más relevante es que se permita a empresas que no son sujeto de IVA acogerse al 14 ter. Una consideración importante es que deben existir restricciones para impedir que una empresa grande se disfrace de varias empresas chicas. El objetivo de un sistema como el 14 ter es solamente simplificar el cumplimiento tributario de las empresas y no debe ser un mecanismo para que se pague menos impuestos que los que corresponden.
- ¿Qué sentido tiene eliminar el 14 bis y el 14 quáter?
- La tasa para las utilidades de las empresas es 20% en el régimen general, pero es 0% en el 14 bis y el rango exento del 14 quáter. Estos diferenciales de tasas exacerban los incentivos para que personas de altos ingresos eludan impuestos. El objetivo principal de estos regímenes especiales es proveer de liquidez a pequeñas empresas e incentivar la reinversión. Sin embargo, ellos pueden ser utilizados por pequeñas empresas de inversión cuyos dueños son personas de altos ingresos que hacen pasar sus ingresos personales como ingresos empresariales. Las exenciones tributarias y los regímenes especiales no sólo generan ineficiencias por los efectos tributarios en la oferta laboral, el ahorro y la inversión -que son los únicos que suelen mencionarse en la discusión pública en Chile-, sino que también los cambios en la forma de organizar una actividad económica, en el momento que se recibe un flujo de ingreso, en la composición de los ingresos, en los gastos en abogados y contadores asociados a mayor planificación tributaria y en el uso de cualquier mecanismo de elusión tributaria. Cuando un sistema tributario ofrece múltiples oportunidades de elusión, la base tributaria es muy sensible a la tasa de impuestos y las ineficiencias son significativas. Ese es el caso de la renta presunta, el 14 bis y el 14 quáter, eliminarlos genera ganancias de eficiencia en la economía importantes en magnitud.
- ¿Cómo funcionaría el cambio de sujeto del IVA?
- Un cambio en el sujeto del IVA hacia el comprador hace que una empresa pequeña que es proveedora de una empresa grande no tenga que pagar a Impuestos Internos el IVA el mes siguiente a la venta, a pesar de que la empresa grande le va a pagar 180 días después. En ese sentido alivia la caja de empresas pequeñas. Lo que es ambiguo en la propuesta es que se señala que las empresas grandes pagarán una proporción del IVA. Independiente de que no se ha señalado qué proporción, me parece un error. Es más simple de implementar y más fácil de fiscalizar si se cambio el sujeto de IVA completamente al comprador de empresas pequeñas y con factura electrónica de compra.
Bernardo Fontaine, economista y Presidente de 7A:
"El artículo 14 ter, publicitado por la candidata Bachelet como la solución para las PYME, no es tal"
- ¿Perjudica a las PYME el cambio en el impuesto a las utilidades?
- La propuesta Bachelet reduce la plata de las PYME disponible para invertir en capital de trabajo, esto es, mercaderías y cuentas por cobrar. Precisamente ese el principal cuello de botella para estas empresas. El artículo 14 ter, publicitado por la candidata Bachelet como la solución para las PYME, no es tal. Con 14 ter los dueños de esas PYME van a pagar el mismo impuesto que los demás dueños de empresas. Michel Jorrat ha presentado el caso hipotético del dueño de una PYME 14 ter que con los impuestos actuales, si ese dueño reinvierte pagará 20% y si retira 13,3% (su tasa de global complementario). Le conviene, concluye Jorrat, la base devengada de la reforma. Pero eso no es así, porque el dueño de la PYME puede hoy retirar, pagando 13,3% y luego invertir de nuevo en la empresa. Hoy y con el nuevo sistema, el dueño pagaría el mismo 13,3%.
De hecho, si la tasa de impuesto personal de alguno de los dueños es superior a 20%, siempre va a pagar más impuestos con la fórmula Bachelet. Recordemos que las PYME hoy pueden voluntariamente acogerse al 14 ter. Sólo 90.000 sociedades están acogidas al 14 ter de 812.000 PYME. No parece que el 14 ter sea la solución para las PYME. Si no, ya estarían inscritas en el sistema.
- ¿Qué opina del aumento del límite de venta para acoger una empresa al 14 ter a $ 580 millones?
- Dos consideraciones: primero, cuando se aplique la reforma en plenitud no tendrá mayor beneficio para estas empresas estar en el 14 ter. Segundo, en los años anteriores a determinadas empresas podría convenirles pagar impuestos por la vía de 14 ter si invierten mucho en activos fijos. Pero los dueños que decidan operar bajo el 14 ter deberán pagar, de golpe, global complementario por todas sus utilidades acumuladas. No me convence que les convenga el 14 ter.
- ¿Qué sentido tiene eliminar el 14 bis y el 14 quáter?
- Tendría sentido si la reforma propuesta bajara la tasa corporativa. El 14 bis, ocupado por 57.000 empresas, permite a empresas que vendan menos de $ 200 millones al año pagar sólo por las utilidades que retiran sus socios. Su tasa corporativa es cero para las reinversiones. El 14 quáter permite a empresas que venden hasta $ 1.120 millones anuales, pagar impuesto corporativo cero por los primeros casi $ 60 millones que reinviertan en la empresa. 84.500 empresas utilizaron el sistema, es obvio que ambos mecanismos son incentivos al desarrollo de las pequeñas empresas y si se han prestado a evasiones o elusiones hay que enfrentar ese tema y no castigar a justos por pecadores.
- ¿Cómo funcionaría el cambio de sujeto del IVA?
- No estoy muy seguro que esto sirva. Los plazos de pago son uno de los elementos de la compleja negociación entre el proveedor y la empresa que le compra sus productos o servicios. Por de pronto, está el precio, las potenciales devoluciones de productos, las calidades exigidas, etc. Es algo ingenuo pensar que al cambiar quién paga el IVA según el plazo de pago, la empresa compradora no va a renegociar los demás elementos de la transacción. Si la empresa compradora asumirá, con la reforma, un costo adicional, lo va a traspasar a sus proveedores. Es una medida voluntarista y medio populista. Si se quiere ayudar la caja de las PYME, el Estado debe postergar el cobro del IVA y/o postergar el pago del PPM. Lo demás es música.