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Empresas multadas por colusión se mantienen en registro de proveedores del Estado

La normativa sólo permite eliminar a una compañía si es multada en dos oportunidades dentro de un período de 2 años por el Tribunal de la Competencia.

Por: J. Troncoso Ostornol | Publicado: Lunes 26 de diciembre de 2016 a las 15:34 hrs.
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La legislación chilena permite eliminar a una empresa multada por colusión de los registros de las compañías que pueden participar en los procesos de compras y contrataciones públicas. Un tema no menor, considerando que cada año se mueven más de US$ 10 mil millones en este tipo de operaciones.

Hasta ahora, ninguna empresa multada por coordinarse con su competencia para acordar precios o repartirse el mercado ha sido eliminada de los registros.

La ley 19.886 señala en el artículo 92 que estarán inhabilitados para inscribirse en el registro de proveedores los sancionados por infracciones a la libre competencia en más de dos oportunidades, dentro de un período de 2 años. "Salvo que hubieren transcurrido 3 años desde el pago de la última multa impuesta", dice el texto legal.

Esto se ha convertido en letra muerta: según estadísticas del Tribunal de Defensa de la Libre Competencia, la duración total promedio desde el ingreso de una demanda o requerimiento hasta la dictación de una sentencia de este organismo es de 625 días corridos, aproximadamente 1 año y 9 meses.

Además, en la mayoría de los casos, las empresas multadas por atentados a la libre competencia son primerizas; hay casos de reincidencia, como las cadenas de farmacias.

En 1993, la Comisión Resolutiva, anterior al TDLC, acusó a un grupo de farmacias de formar un cartel para aumentar precios. En 2008, la Fiscalía Nacional Económica demandó a las mismas empresas -Farmacias Ahumada (Fasa), Cruz Verde y SalcoBrand- por el mismo delito.

De esta manera, las empresas que han sido sancionadas y multadas por colusión se mantienen vigentes para participar en licitaciones lanzadas por organismos públicos.

Las empresas Agrosuper, Don Pollo y Ariztía fueron multadas con casi US$ 60 millones por colusión. En octubre del año pasado, la Corte Suprema confirmó la sanción impuesta por el TDLC.

Según el portal Mercado Público, Agrosuper Comercializadora de Alimentos está vigente en el listado de empresas que pueden venderle a organismos públicos: registra ventas a través de este sistema por $ 5.870 millones en lo que va del año. En los últimos cinco la cifra llega a $ 28.721 millones.

En octubre de este año, la Corte Suprema confirmó la sentencia del TDLC por colusión en contra de las empresas Asfaltos Chilenos, Química Latinoamericana y Dynal Industrial. Enex se había acogido a la delación compensada.

En los últimos cinco años, Enex acumula ventas por $1.206 millones a través de Chile Compra.

Nuevas sanciones del TDLC 

Junto con imponer sanciones monetarias, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia tiene a partir de agosto de este año la facultad de no permitir que empresas sancionadas por colusión sellen acuerdos con organismos públicos.

"(El TDLC) Podrá imponer, además, la prohibición de contratar a cualquier título con órganos de la administración centralizada o descentralizada del Estado, con organismos autónomos o con instituciones, organismos, empresas o servicios en los que el Estado efectúe aportes, con el Congreso Nacional y el Poder Judicial, así como la prohibición de adjudicarse cualquier concesión otorgada por el Estado, hasta por el plazo de cinco años contado desde que la sentencia definitiva quede ejecutoriada", dice la letra C del artículo 26 del DL 211.

Esto es parte de la reforma a la ley que incluyó además multas más altas y acciones penales.

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