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REGÍSTRATE AQUÍCrítica del accionar de la compañía, la ministra del Trabajo sinceró que se tendrán que buscar mecanismos para definir cómo se devolverán las prestaciones.
Por: Equipo DF
Publicado: Viernes 8 de mayo de 2020 a las 04:00 hrs.
La decisión de Cencosud de retractarse y no acogerse a la Ley de protección del empleo, al parecer, es mucho más compleja de lo que se podría pensar.
En primer lugar, no está regulado en la normativa cómo opera la devolución de las prestaciones en caso de que una empresa se "arrepienta" de acogerse a ella.
Esto fue confirmado por la ministra del Trabajo, María José Zaldívar, quien además de criticar a la firma por su actuar, señaló que la Ley no contempla un mecanimos para permitir la devolución de los fondos. "Sin embargo, siempre existe la posibilidad de devolver los fondos indebidamente o mal enterados, hay que encontrar algún mecanismo", comentó.

Entre los abogados, la opinió fue variada.
A juicio de Luis Lizama, director del Departamento de Derecho del Trabajo de la Universidad de Chile, esta es una materia que podría ser aclarada por la Superintendencia de Pensiones. "Probablemente, se tendría que aclarar con alguna regulación que debiera emitir eventualmente la Superintendencia de Pensiones, que es la que fiscaliza a la AFC, un pronunciamiento administrativo que pudiera aclarar esto, podría ser a través de una circular", dijo, aclarando que la definición de la modalidad para devolver los fondos es lo más complejo.
En la misma línea, Jorge Arredondo, de AZ, agregó que se trata de un tema complejo, "puesto que la Ley nunca se puso en un caso como éste".
Para Jaime Salinas, de Salinas Toledo, que la materia no esté regulada "no significa que no pueda hacerse, ya que no existe una prohibición expresa en tal sentido. Aceptar el reintegro, además, obra en beneficio del trabajador, que verá restituidos los montos a su cuenta individual, o en beneficio de todos los demás trabajadores si los montos se suman al fondo solidario".
Desde la Cámara Nacional de Comercio (CNC), lamentaron que Cencosud anunciara "tardíamente" esta decisión. "Su arrepentimiento es demasiado tarde, está bien que hayan corregido una mala práctica, pero desgraciadamente la Ley ya se cambió y quedó más rígida", afirmó Manuel Melero.
"Esta iniciativa no cambia las reglas actuales: formaliza en la ley lo que hoy ha sido discutido o se ha incorporado a través de instrucciones ministeriales, dictámenes de Contraloría y fallos judiciales", señalaron desde el Ministerio del Trabajo.
El Ejecutivo, en uno de sus compromisos, planteó incentivar que estas entidades "puedan participar en el proceso de resolución de listas de espera". Los prestadores señalan que esto requiere una discusión mayor, mientras que las mutualidades retrucan que ya cuentan con autorización para ello.
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