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REGÍSTRATE AQUÍSe incluye la pena de presidio menor en diversos grados, de acuerdo al daño provocado.
Por: Equipo DF
Publicado: Jueves 31 de diciembre de 2015 a las 04:00 hrs.
Un grupo de diputados ingreso un proyecto de ley que busca modificar la Ley General de Pesca y Acuicultura con el objetivo de tipificar el delito de pesca ilegal.
El proyecto fue presentado en la Comisión de Pesca, Acuicultura e Intereses Marítimos y plantea que el problema de la pesca ilegal es de suma importancia dado que estas actividades ponen en serio riesgo la preservación de los recursos pesqueros, al infringir las medidas de conservación y organización pesquera; transgreden los derechos de los que pescan legalmente, perjudicando a las comunidades costeras que dependen del uso sostenible de esos recursos, y además, vulneran los derechos humanos de los tripulantes a bordo de naves, sobre todo los derechos sociales, ya que carecen de normas mínimas laborales y de seguridad de la vida humana en el mar.
Por eso proponen que se incorpore a la legislación sanciones penales para desalentar y eliminar esta actividad.
En el proyecto de ley se sostiene que la incorporación de nuevos tipos penales suponen una elaboración y aplicación de sanciones que no discriminen entre los autores, ni embarcaciones pesqueras. Por esta razón, es necesario incorporar un delito mediante el cual se tipifique el delito de pesca ilegal sancionando a los distintos sujetos activos involucrados en la comisión del delito con la pena de presidio menor en sus diversos grados, dependiendo del daño provocado, si se actuó con dolo o culpa, por ejemplo.
Pero eso no es todo. Además buscan incorporar otro tipo penal que sancione la receptación de especies extraídas con vulneración de la normativa vigente, como delito autónomo, contra aquellos que, sabiendo o debiendo saber, tengan en su poder, a cualquier título, especies hidrobiológicas obtenidas de la pesca ilegal, las transporte, compre, venda o comercialice en cualquier forma.
Ministerio dijo que el informe económico elaborado por Econsult “no resulta idóneo para acreditar un perjuicio indemnizable, al basarse en un contrafactual monocausal, proyecciones especulativas y supuestos no contrastados”.
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