¿Corte de pelo a medianoche? Contraloría anula ordenanza municipal de Antofagasta que restringía horarios de barberías, peluquerías y salones de belleza
La normativa municipal fijaba cierres entre las 19:00 y las 21:30 horas y contemplaba multas de hasta 5 UTM e incluso clausuras, pero la Contraloría determinó que los municipios carecen de facultades legales para regular horarios de este tipo de establecimientos.
Por: Camila Bejarano corresponsal Zona Norte
Publicado: Martes 12 de mayo de 2026 a las 19:20 hrs.
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La Municipalidad de Antofagasta deberá revisar y adecuar la ordenanza que regulaba los horarios de funcionamiento de barberías, peluquerías y salones de belleza, luego de que la Contraloría General de la República determinara que los municipios no cuentan actualmente con atribuciones legales para fijar este tipo de restricciones.
El dictamen surgió a raíz de una consulta realizada por la Municipalidad de Conchalí respecto de una normativa similar aplicada en Independencia, pero sus efectos alcanzan a comunas como Antofagasta, donde este año se implementó una regulación que establecía horarios máximos de funcionamiento y sanciones económicas para quienes incumplieran la medida.
La ordenanza aprobada por unanimidad por el Concejo Municipal de Antofagasta en abril de 2025 comenzó a regir el 1 de mayo de ese año. La normativa fijaba distintos horarios según temporada: en verano, las barberías podían operar hasta las 20:00 horas de domingo a jueves y hasta las 21:00 horas los viernes, sábados y vísperas de festivos. En invierno, el cierre se adelantaba a las 19:00 y 20:00 horas, respectivamente.
Además, contemplaba fiscalizaciones de Carabineros e inspectores municipales y sanciones que iban desde las 3 UTM hasta el cierre del local en caso de reincidencia.
El alcalde de Antofagasta, Sacha Razmilic, había defendido la medida señalando que “estábamos hace ya un tiempo mirando diferentes experiencias a lo largo de Chile, aparte de Calama y otros municipios en la zona central, que ya lo habían implementado y estábamos viendo cómo lo habían hecho”.
La autoridad comunal agregó en ese momento que “en un trabajo colaborativo, como es lo que quieren nuestros vecinos, es ver al Concejo Municipal con el alcalde trabajando de la mano. Logramos sacar esta ordenanza en un tiempo récord”.
Límites legales
En su resolución, Contraloría sostuvo que si bien los municipios tienen facultades para dictar ordenanzas comunales, estas deben ajustarse estrictamente a la legislación vigente y no pueden imponer obligaciones adicionales a las establecidas por ley.
El organismo recordó además que la única actividad económica respecto de la cual los alcaldes, con acuerdo del concejo municipal, pueden fijar horarios de funcionamiento corresponde a los establecimientos de expendio de bebidas alcohólicas.
Por ello, indicó que los municipios que actualmente cuenten con normativas similares deberán adoptar medidas para dejarlas sin efecto o adecuarlas al marco legal vigente.
No obstante, Contraloría precisó que las municipalidades sí mantienen facultades para fiscalizar que los locales cuenten con patente comercial, respeten el giro autorizado y cumplan otras exigencias administrativas.
Nueva ley desde agosto
El dictamen también abrió una posible alternativa futura para los municipios. Contraloría abordó la entrada en vigencia de la Ley N° 21.802, programada para el 12 de agosto de 2026, normativa que fortalece el rol municipal en materias de seguridad pública y prevención del delito.
Según el organismo, bajo esa nueva legislación las municipalidades podrán desarrollar estrategias de prevención social, comunitaria y situacional del delito. En ese contexto, una eventual regulación horaria podría evaluarse caso a caso, siempre que esté debidamente fundada en riesgos concretos para la seguridad pública y adaptada a la realidad local de cada comuna.
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