DF Constitucional

Derecho de aprovechamiento e inapropiabilidad del agua chocan en el debate constitucional

Representadas en sendas Iniciativas Populares de Norma (INP) que llegaron al consejo y que fueron defendidas por la SNA y Modatima, respectivamente.

Por: Claudia Rivas A. | Publicado: Viernes 21 de julio de 2023 a las 12:25 hrs.
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La semana que termina ha sido de intenso trabajo en las comisiones del Consejo Constitucional, que han estado abocadas a escuchar las defensas de las Iniciativas Populares de Norma (IPN) por sus respectivos patrocinadores. Son 31 las que pasaron el filtro de conseguir más de 10 mil apoyos para ser analizadas en las distintas instancias. Dos de ellas chocaron en la Comisión de Derechos Económicos, Sociales, Culturales y Ambientales (Cuarta Comisión).

Se trata de la IPN “Agua para la Vida”, patrocinada por Catalina Huerta, del Movimiento de Defensa por el acceso al Agua, la Tierra y la Protección del Medioambiente (Modatima), que  obtuvo 15.705 apoyos, quedando en el séptimo lugar entre las que pudieron optar a ser plasmadas en la propuesta de nueva Constitución. Mientras que en el lugar 25 se ubicó la INP que obtuvo 11.704 respaldos y que promueve “Certeza Jurídica para el Uso del Agua”, patrocinada por José Sáez, en representación de la Sociedad Nacional de Agricultura (SNA).

¿Qué dicen las propuestas?

La propuesta sobre “Agua para la Vida” –defendida por Catalina Huerta en la comisión-, sugiere un nuevo articulado para el Capítulo XIII del anteproyecto sobre “Protección del Medio Ambiente, Sostenibilidad y Desarrollo”, referidos a los derechos humanos al agua y al saneamiento; la naturaleza jurídica y la gestión del agua.

De manera tal que el artículo 1 establece “el derecho humano al agua y al saneamiento constituyen garantías indispensables para una vida digna. Toda persona, sin discriminación, tiene derecho al agua suficiente, segura, aceptable, potable, libre de contaminación, físicamente accesible y asequible económicamente para uso personal y doméstico”.

Y añade que “toda persona tiene derecho al acceso, desde el punto de vista físico, ecológico, cultural y económico, en todos los ámbitos de la vida, a un saneamiento que sea salubre, higiénico, seguro, social y culturalmente aceptable, que proporcione intimidad y garantice la dignidad” y que “es deber del Estado garantizar estos derechos para las actuales y futuras generaciones”.

El artículo 2 establece que “el agua, en todas sus formas y estados, es un bien común natural inapropiable, que pertenece a los pueblos y a la naturaleza”; el artículo 3 sostiene que “el Estado debe garantizar la gestión inclusiva, democrática y comunitaria de las aguas”; y, por último, el cuarto establece que “el Estado, en el marco de sus compromisos para hacer frente a la emergencia climática, protegerá los glaciares como ecosistemas imprescindibles para el equilibrio del ciclo hídrico”.

Por su parte, la propuesta de la SNA, defendida en la comisión por el abogado Manuel Hertz y el ingeniero Federico Errázuriz a nombre del gremio, modifica el artículo 16, número 34 del Capítulo II del anteproyecto sobre “Derechos y libertades fundamentales, garantía y deberes constitucionales.

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La modificación propuesta recae sobre letra i del numeral 34 del citado artículo del anteproyecto establece que  “las aguas, en cualquiera de sus estados, son bienes nacionales de uso público. En consecuencia, su dominio y uso pertenece a todos los habitantes de la Nación. En función del interés público se constituirán derechos de aprovechamiento sobre las aguas, los que podrán ser limitados en su ejercicio, de conformidad con la ley. El derecho de aprovechamiento es un derecho real que recae sobre las aguas que confiere a su titular el uso y goce de ellas, de conformidad con las reglas, temporalidad, requisitos y limitaciones que prescribe la ley”.

En cambio, la propuesta de la SNA modifica el literal, estableciendo que “las aguas en cualquiera de sus estados son bienes nacionales de uso público. Los derechos de aprovechamiento sobre las  aguas, reconocidos o constituidos en conformidad a la ley, otorgarán a sus titulares la propiedad sobre ellos”.

Derechos de aprovechamiento

Las propuestas expuestas y justificadas ante la Cuarta Comisión colisionan en lo que dice relación con el derecho de aprovechamiento de las aguas, ya que mientras el Modatima defiende la inapropiabilidad del agua en todas sus formas y estados, la SNA propone resguardar la propiedad de los derechos de aprovechamiento.

En la exposición ante la comisión la postura de la SNA partió con ventaja, ya que algunas expresiones de Catalina Huerta en la defensa de su IPN causaron molestia entre los consejeros de oposición. Entre otras cosas Huerta acusó que “una minoría privilegiada de políticos y empresarios fuertemente conectados entre sí” tomó la decisión de transformar el agua en objeto de lucro, apuntado directamente a los exministros de Agricultura de Sebastián Piñera Antonio Walker –actual presidente de la SNA- y Luis Mayol, y al empresario Juan Sutil, con lo que consiguió no sólo desatar la molestia de la derecha, sino que además se le atribuyera una postura ideologizada.

En contraste, su contraparte apeló a la importancia de que la Constitución reconozca explícitamente el derecho de propiedad de los derechos de aprovechamiento de agua la agricultura, pues según Hertz “esto ha permitido desarrollo, inversiones, crecimiento y seguridad alimentaria”; mientras que Errázuriz complementó, advirtiendo que “hoy la utilización del agua para labores agrícolas es mayoritaria y lo que más preocupa son las reservas para asegurar el abastecimiento”.

Dado este complejo comienzo y la composición de la Cuarta Comisión, la IPN de Modatina no parece tener un futuro muy promisorio, ya que la oposición tiene los 3/5 para aprobar la iniciativa de la SNA y la oposición no alcanza dicho quórum para sostener la de Modatina, aun cuando la estime viable.

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