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Publicado: Lunes 9 de enero de 2017 a las 04:00 hrs.
Otra interesante disputa acaba de resolver el Tribunal de Propiedad Industrial, esta vez en favor de la conocida joyería Mosso, quien hace algún tiempo se enfrascó en una disputa legal contra una persona natural que había elevado una solicitud de marca con su mismo nombre para la clase 30, que incluye café, té, cacao, azúcar, entre otras preparaciones.
El caso de Mosso, asesorada y representada por el abogado Ricardo Montero, socio del estudio Silva & Cia., partió luego de su decisión de apuntar a nuevos nichos de negocio. Por eso llegó hasta el Instituto Nacional de Propiedad Industrial (INAPI) con el objetivo de registrar su marca en las 45 categorías disponibles.
Fue precisamente en esa instancia cuando conocieron de que un tercero buscaba usar la marca "Mosso" para comercializar chocolates.
Ante este escenario, tanto la joyería como la empresa de chocolates Bozzo apelaron a dicho registro ante el Tribunal de Propiedad Industrial, cuya sentencia acaba de ser dictada en favor de la joyería, la que basó su defensa en que similitudes gráficas y fonéticas entre ambas marcas provocaría confusión en los consumidores.
"Estamos muy contentos por haber logrado esta sentencia favorable, ya que permitirá a nuestro cliente seguir proyectando sus futuros negocios", aseguró Montero.
Sin embargo, la apelación de Bozzo no fue aceptada, ya que consideró que como las primeras letras de ambas marcas son distintas, es suficiente factor para diferenciarlas.
Nuevo instrumento de planificación abrió una inédita disputa entre empresas: mientras Enaco pidió que se declare ilegal el decreto alcaldicio, el holding liderado por Peter Hiller se alineó con la municipalidad.
El máximo tribunal concluyó que “los requeridos no han incurrido en el ilícito que les fuera imputado”. También, zanjó que la sanción solo aplica a personas naturales y no a empresas.
El INE informó que en 12 meses el indicador registró un aumento de 0,3 puntos porcentuales por un alza de la fuerza de trabajo (1,4%), mayor a la presentada por las personas ocupadas (1,2%).
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