Así como en el ChileDay 2024, donde marcó la agenda la tensión entre el gobierno y los polémicos Pequeños Medios de Generación Distribuida (PMGD) por asuntos regulatorios, en la versión del encuentro de este año comienza una nueva ofensiva de estas unidades como protagonistas, cuyos alcances que están por verse.
Once empresas generadoras de capitales europeos y norteamericanos (todas PMGD), enviaron una carta al ministro de Hacienda, Jorge Quiroz, manifestando su preocupación respecto de los efectos derivados del reingreso de los Decretos Supremos Nº88 y Nº125, así como -según dicen- "de sus implicancias para la inversión, el empleo, el desarrollo regional, los costos sistémicos y la percepción de estabilidad regulatoria del país".
La misiva -que fue enviada con copia tanto a la ministra sectorial Ximena Rincón como el subsecretario Hugo Briones, pero también, al ministro de Economía y Minería, Daniel Mas- fue suscrita por líderes de las siguientes empresas: Aediles Talinay, Akuo Chile, Atlantica, BIWO Renewables, Blue Elephant Energy GmbH, CarbonFree Chile, CVE Group, Enfragen, Langa International, Matrix y Verano Energy.
Según el texto, al que tuvo acceso DF, "el reingreso de los referidos reglamentos sin modificaciones sustantivas mantiene, en lo esencial, la orientación regulatoria originalmente impulsada por el Ministerio de Energía bajo la administración del entonces ministro señor Diego Pardow, cuyos efectos comenzaron a manifestarse desde 2024 mediante decisiones de postergación, reevaluación y cancelación de inversiones".
Tras el retiro por parte del nuevo gobierno de ambos reglamentos desde la Contraloría General de la República, las firmas explican que el sector puso a disposición de la ministra Rincón y de Briones, antecedentes "de carácter técnico, regulatorio, económico y financiero respecto de los efectos de estas medidas sobre la viabilidad de los proyectos y sus condiciones de financiamiento".
Sin embargo, las empresas reclaman que dichos antecedentes no se vieron reflejados en el reingreso de los decretos, el cual se materializó -dicen- en un plazo acotado y sin una instancia técnica suficientemente amplia que permitiera evaluar adecuadamente sus efectos.
A juicio de las firmas, resulta "indispensable" dimensionar los efectos económicos y financieros de las modificaciones contempladas en el DS N°125, particularmente aquellas asociadas a mecanismos de recorte de energía aplicables a proyectos PMGD que, de acuerdo con estudios puestos en conocimiento de la autoridad, "podrían alcanzar niveles de hasta un 23% de la energía generada, con efectos directos sobre los ingresos y la viabilidad económica de las empresas afectadas".
"Considerando que dichos proyectos fueron estructurados sobre la base de flujos de ingresos estables y previsibles, una reducción de esta magnitud afecta directamente sus condiciones de financiamiento, particularmente en un segmento desarrollado bajo esquemas de project finance en los que participan entidades financieras nacionales, inversionistas institucionales y fondos internacionales especializados en infraestructura, varios de ellos con participación en diversos sectores económicos de Chile", plantean.
Acto seguido, advierten que los efectos regulatorios descritos "no solo comprometen la viabilidad económica de determinados proyectos, sino que también pueden incidir sobre la percepción de estabilidad y predictibilidad regulatoria observada por actores financieros internacionales que canalizan inversiones hacia el país".
Según detallan, las implicancias de estas medidas exceden el ámbito de los proyectos individuales y se proyectan sobre futuras decisiones de inversión, "comprometiendo, hasta el momento, iniciativas cercanas a los US$ 5.000 millones y debilitando la capacidad del país para atraer capital en un entorno internacional crecientemente competitivo".
Entre otros efectos, aseguraron que la afectación de este segmento impacta el funcionamiento del sistema eléctrico, "al incrementar la dependencia de generación centralizada, intensificar los niveles de congestión y vertimiento de energías renovables y reducir la eficiencia operacional del sistema, traduciéndose en mayores costos sistémicos".
A lo que se suman condiciones operacionales adversas ya presentes, tales como vertimientos asociados a problemas de voltaje, congestión en redes de transmisión zonal, limitaciones en subestaciones y pérdidas derivadas de robos, vandalismo y otros eventos de seguridad que afectan la infraestructura eléctrica.
"La introducción de modificaciones regulatorias sin mecanismos transitorios adecuados puede ser interpretada como una alteración de las condiciones bajo las cuales se adoptaron decisiones de inversión irreversibles, afectando la confianza de los inversionistas y las condiciones de financiamiento futuro", sentencian.
Y añaden que la certeza jurídica constituye, en consecuencia, un activo estratégico para Chile, particularmente en una etapa en que resulta indispensable fortalecer la confianza en el entorno de inversión y garantizar condiciones estables para decisiones de largo plazo. "Del mismo modo, la ausencia de disposiciones transitorias idóneas incrementa el riesgo de litigiosidad regulatoria y de costos institucionales que podrían evitarse mediante mecanismos de implementación gradual y debidamente calibrados", acotaron.
Y si bien las empresas firmantes reconocen la necesidad de avanzar en perfeccionamientos regulatorios orientados a una mayor eficiencia del sistema eléctrico, estiman indispensable que dichos ajustes se materialicen "bajo criterios de gradualidad, proporcionalidad y certeza regulatoria, resguardando las condiciones bajo las cuales se han desarrollado inversiones relevantes para el país".
Se estima necesario -se plantea- "avanzar en una revisión de los reglamentos reingresados, bajo la conducción del Ministerio de Energía, que permita compatibilizar los objetivos de eficiencia sistémica con la estabilidad regulatoria, la protección del empleo y la atracción de inversión".
Así, junto con ofrecer su disposición a participar en instancias de trabajo de carácter técnico que permitan construir soluciones, sentenciaron: "Una revisión de los DS N°88 y N°125, incorporando criterios de gradualidad, transitoriedad y proporcionalidad, constituiría una señal de responsabilidad institucional y estabilidad regulatoria, coherente con los objetivos de crecimiento, inversión y desarrollo que Chile requiere".
Las modificaciones del Gobierno
El 8 de abril, en el marco de su asistencia a la comisión de Minería y Energía del Senado, Rincón informó que se habían reingresado a Contraloría los cinco decretos que habían retirado el 11 de marzo al llegar al gobierno, realizándose "modificaciones menores".
"Esperamos que de esta manera se termine la preocupación que había sobre la tramitación de los decretos. Sobre todo, el 125 y el 88, decretos que tienen que ver con almacenamiento, con PMGD y que obviamente son importantes para dar certeza jurídica”, dijo tras el encuentro.
En cuanto al Decreto Supremo 125 respecto al reglamento de la Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico, se incorporó la obligación del Coordinador de aplicar esquemas alternativos de despacho en caso de falla del esquema automático. Mientras, en el Decreto Supremo 88, sobre el reglamento para PMGD, se estableció que aquellas unidades existentes que decidan incorporar sistemas de almacenamiento a sus instalaciones no podrán acogerse al mecanismo de estabilización de precios regulado en la versión previa del DS 88.