Ley del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas: Ministerio del Medio Ambiente suspende proceso de determinación de sitios prioritarios
La definición, que busca fortalecer la revisión técnico-jurídica, es parte del proceso de auditoría general. Esto, frente a casi 10 mil observaciones y diversos antecedentes recibidos.
Por: Karen Peña
Publicado: Sábado 14 de marzo de 2026 a las 17:00 hrs.
Foto: Aton
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A días del cambio de mando presidencial, el Ministerio del Medio Ambiente dio a conocer su primera definición. Como parte del proceso de auditoría general, la cartera informó este sábado que resolvió suspender el avance en el proceso de determinación de sitos prioritarios para la biodiversidad, en el marco de la implementación de la Ley N° 21.600 que crea el Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas y el Sistema Nacional de Áreas Protegidas.
Lo anterior, se da luego de que el 13 de noviembre del año pasado la cartera -en ese entonces liderada por Maisa Rojas bajo el Gobierno de Gabriel Boric- optara por pausar la definición de 99 sitios prioritarios ante la presión del sector privado.
A través de una resolución, el Ministerio del Medio Ambiente explicó que debido al alto volumen de observaciones -casi 10.000-, y la diversidad de los antecedentes recibidos, "es necesario suspender el procedimiento de determinación mientras no finalice el análisis exhaustivo y sistemático de éstas, muchas de las cuales abordan materias tanto técnicas como jurídicas, que requieren una revisión detallada antes de continuar con las siguientes etapas del procedimiento".
En este contexto, se agregó que la suspensión también permitirá revisar las Bases Metodológicas Técnico-Científicas que orientan el proceso de determinación de sitios prioritarios, con el objetivo de asegurar que la continuación del procedimiento se sustente sobre criterios, robustos, transparentes y debidamente fundamentados.
Desde la cartera señalaron que "esta medida es parte del proceso de auditoría general y busca garantizar que el proceso sea riguroso, ajustado al ordenamiento jurídico y se sustente en criterios metodológicos actualizados y suficientemente robustos desde el punto de vista técnico y científico. Además, continuarán avanzando en la elaboración del reglamento que establezca el procedimiento y los criterios para la declaración de un sitio prioritario".
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La oposición de los gremios
A fines de octubre del año pasado, los principales gremios productivos del país encendieron las alarmas por la implementación de la Ley SBAP respecto de la determinación de 99 sitios prioritarios a proteger a lo largo de Chile, los cuales -según advirtieron los privados- pondrían en jaque las actividades que actualmente se desarrollan en dichas áreas.
Luego, el 13 de noviembre, el Ministerio informó que "no avanzará en la definición de este primer listado hasta que los insumos surgidos de estos procesos sean analizados en profundidad”, lo que fue celebrado por el sector privado, especialmente, los gremios empresariales. La decisión implicaba esperar el término de la participación ciudadana sobre los 99 sitios prioritarios, así como de una consulta indígena del reglamento que abarca puntualmente este aspecto de la Ley SBAP.
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