Después de más de una semana de espera, la Secretaría de la Cámara evacuó el informe comprometido respecto de la constitucionalidad del artículo 33 del proyecto de reactivación económica del gobierno, que propone establecer el mecanismo de la invariabilidad tributaria para atraer inversión por un plazo de 25 años. La instancia recomienda a la Presidencia de la corporación la “admisibilidad” de la iniciativa que ya esta siendo tramitada en la Comisión de Hacienda.
En el curso de las 20 carillas que contiene el documento, se concluye, entre otras cosas, que la facultad de declarar la inadmisibilidad de un proyecto de ley es una potestad-deber de la Presidencia de la Cámara de Diputados, fundada en la Constitución Política, en la Ley Orgánica Constitucional del Congreso Nacional y en el Reglamento de esta Cámara, que tiene por objeto cautelar el respeto a las reglas constitucionales de iniciativa legislativa, ideas matrices y requisitos formales del proceso legislativo.
Además, indica que, en materia tributaria, la iniciativa exclusiva del Presidente de la República abarca toda norma que afecte la estructura, tasa, base imponible, sujetos, exenciones, franquicias, regímenes especiales,
forma de determinación o modo de pago de los tributos, incluyendo las normas sobre invariabilidad tributaria, pues éstas constituyen una modificación indirecta del sistema tributario y generan costo fiscal implícito.
Y añade que el origen normativo de la invariabilidad tributaria en Chile es el Decreto Ley N° 600, de 1974, que estableció un régimen de inversión extranjera con garantías de estabilidad tributaria por plazos de diez a veinte años. El DL 600 fue derogado en 2016 mediante la Ley N° 20.780 (Reforma Tributaria), poniendo fin a la posibilidad de suscribir nuevos contratos de invariabilidad, sobre la base que una ley deroga a otra ley.
Cuándo ir o no al TC
Con lo anterior se echa por tierra, al menos por ahora, la aspiración de la oposición y, en especial, del principal promotor de que el artículo referido se analizara en la Comisión de Constitución que encabeza, Jaime Mulet (FRVS), y que se votara con un quorum ad hoc y no como ley simple.
Sin embargo, esto no quiere decir ni por asomo que la oposición descarte de plano renunciar a su derecho de concurrir, durante alguna etapa de la tramitación del proyecto, al Tribunal Constitucional (TC) para que sea el que, finalmente, se pronuncie sobre la constitucionalidad del artículo.
De hecho, tras conocer finalmente el contenido del documento, Mulet señaló que “tengo mucho respeto por el secretario de la Cámara, pero este es un informe preliminar”. Ello porque, desde su punto de vista, “la facultad de fondo no está resuelta aquí, es el TC, si es que se recurre, el que debe determinar la razón de fondo”, dijo, evitando cerrar de plano esta última posibilidad.
Entre las filas opositoras no se descarta que, durante la tramitación, el Ejecutivo se abra a hacerle cambios al proyecto en general y a la invariabilidad, en particular, con el objeto de que no se caiga de la iniciativa. A lo que se aspira es a que se moderen tres elementos de este artículo: que se rebaje el plazo de 25 a 12 o 15 como máximo; que se enfoque en determinados sectores y no se deje abierto a toda la economía; y, que apunte a grandes inversiones por sobre los US$ 50 millones.
Evaluar la “oportunidad”
En este contexto, el jefe de la bancada de diputados socialistas, Raúl Leiva, discrepa con el informe en cuanto a que, “cuestionar la eventual inconstitucionalidad de una norma en un mensaje o en un proyecto de ley propuesto no es facultad de la mesa de la Cámara”. Sin embargo, plantea que una posible presentación ante el TC no sólo tiene que ver con una decisión política, sino con la “oportunidad” de hacerlo.
Ello, se explaya Leiva, debido a que, si se hiciera a esta altura de la tramitación, “sin lugar a dudas, el tribunal va a resolver, por un tema de deferencia con el legislador, tenerlo presente, pero lo resolverá una vez que lo despache el Congreso Nacional. Y eso, para todos (en la oposición), podría políticamente significar una derrota”. De ahí la importancia de hacer el trámite cuando la iniciativa se despache del Congreso.
Para el jefe de la bancada del PPD-independientes, diputado Raúl Soto, ir o no hacerlo al TC es una decisión “colectiva” que se tendrá que evaluar entre toda la oposición, en su momento, apuntando a que se puede hacer en cualquier momento de la tramitación. Eso se deberá hacer de manera responsable y “previendo los posibles resultados, ya sean positivos o negativos, pro y contras”, señala.
Y especifica que “lo que hay que evaluar es si hay argumentos constitucionales suficientes para que sea una acción que llegue a buen puerto; porque, de lo contrario si fracasa, puede terminar legitimando, más aún, un proyecto con el que no estamos de acuerdo, lo que sería un error político”, alerta en la misma línea de Leiva, aunque igual que el líder socialista, en este momento Soto dice que su bancada está por rechazar a invariabilidad.