Rubén Moísés Brunman Amszynowski y su sociedad Comercializadora Nogal Limitada, interpusieron una querella por el delito de denuncia calumniosa en contra de Thomas Greene Bennett, gerente general de AFEX Transferencias y Cambios Limitada, la cual fue declarada admisible por el Séptimo Juzgado de Garantía de Santiago.
Claudio Díaz Uribe, abogado de Brunman, explicó que la acción judicial se funda en que Greene, actuando en representación de AFEX, presentó previamente una querella criminal por el supuesto delito de estafa en contra del empresario y su comercializadora, imputándoles falsamente haber participado en una supuesta “estafa piramidal” destinada a adquirir dólares a precios irrisorios, en concierto con el entonces agente de la sucursal El Golf de AFEX, Pablo López Torres, la que fue sobreseída definitivamente de manera unánime por la Corte de Apelaciones de Santiago.
De acuerdo con lo resuelto, no se configuraron elementos que permitieran sostener participación dolosa, concertación ni intervención penalmente relevante por parte de Brunman o la Comercializadora Nogal Limitada, descartándose así las imputaciones asociadas a un eventual esquema fraudulento.
Ahora, la querella presentada por Brunman y su sociedad sostiene que dicha imputación fue formulada sobre la base de hechos falsos conocidos como tales por quienes la promovieron, con el objeto de obtener ventajas civiles dentro de una causa iniciada con anterioridad, en la cual actualmente se encuentran embargados fondos por aproximadamente $ 108 millones, además de la casa habitación del propio Greene Bennett.
Lo anterior, por cuanto -contrariamente a lo sostenido en la querella interpuesta por AFEX- Brunman Amszynowski, en su calidad de pequeño empresario dedicado al comercio exterior, realizó operaciones de compra de divisas por aproximadamente $ 245 millones a precios de mercado, mediante transferencias bancarias efectuadas directamente a cuentas de AFEX y amparadas en instrucciones y correos institucionales emanados de la propia empresa.
No obstante aquello, AFEX ha mantenido retenidos hasta la fecha los fondos correspondientes a dichas operaciones, desconociendo posteriormente las actuaciones desarrolladas por su agente de sucursal, Pablo López Torres, circunstancia que motivó, con anterioridad a la querella calumniosa, la interposición de acciones civiles por parte de los afectados.
El abogado Díaz Uribe explicó que la querella por denuncia calumniosa tiene por objeto restablecer el buen nombre y la reputación de Rubén Brunman y de Comercializadora Nogal Limitada.
Asimismo, existen antecedentes de otras personas que también adquirieron dólares a través de la sucursal El Golf de AFEX y que igualmente habrían resultado perjudicadas económicamente, todo lo cual habría provocado perjuicios ascendentes, en conjunto, a aproximadamente US$ 1 millón, suma que, según los antecedentes expuestos, AFEX aún no habría restituido a los distintos clientes afectados.
Pese a la existencia de otros afectados, la querella inicial presentada por AFEX realizó especial referencia a Brunman y su comercializadora, circunstancia que, según se sostiene en la nueva acción judicial, evidenciaría un intento por presionar el desistimiento de las acciones civiles actualmente vigentes, en las cuales se encuentran decretadas las medidas precautorias.
En el marco de la investigación, el ex agente de la sucursal de El Golf de AFEX involucrado en los hechos fue condenado por los delitos de hurto y estafa reiterada.