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Publicado: Viernes 24 de junio de 2016 a las 04:00 hrs.
Etimológicamente, en el francés antiguo marchar significaba pisar, pisotear, dejando huella o marcas. Por ser actividad típicamente marcial se identificó más tarde con movimiento de tropas, caminando con cierto orden y compás, lo que llevó a sustantivar como marcha la pieza musical que marca rítmicamente el paso de los combatientes. Agregándole un pronombre pasa a significar irse, abandonar un lugar; y coloquialmente, morir.
Los grupos que pretenden marchar invocan sus libertades de circulación y expresión, y su derecho de reunión. La de circulación está limitada por el respeto a las normas legales y ha de precaver, siempre, el perjuicio de terceros. La de expresión obliga a responder de los delitos o abusos que se cometan en su ejercicio. Y quienes reclaman el derecho de reunirse han de hacerlo pacíficamente, sin armas, sujetándose a las disposiciones generales de policía cuando ocupan plazas, calles y lugares de uso público, y acatando las restricciones que una sociedad democrática les impone en interés de la seguridad nacional y del orden público, o para proteger la salud o la moral públicas, o los derechos y libertades de los demás.
Todas estas disposiciones son de rango constitucional. De su tenor se desprende claramente que no existe un derecho absoluto de circular, expresarse o reunirse en el lugar, en la fecha y en la forma que cada uno quiera. Ni puede, la autoridad, excusarse de su deber de prevención y caución de los perjuicios, abusos y afectación de valores superiores que previsiblemente las marchas ocasionarán. Cuando la reiterada experiencia convierte esa previsibilidad en incontenible fatalidad, el Estado que a sabiendas continúa legitimando el ejercicio abusivo de esos tres derechos se hace responsable de dolo o negligencia inexcusable y debe, en justicia, indemnizar los daños que por su falta de servicio ha permitido causar. Es el mismo Estado que pronta e implacablemente impone elevadas multas a quien circula en su automóvil, sabiendo o no sabiendo que ese día o por esa vía no puede circular; y castiga con intereses usurarios al contribuyente atrasado en sus impuestos; y saca a remate la propiedad de la viuda que no pudo pagar las contribuciones de su único bien raíz; y cursa partes y multas al jubilado que una vez omitió recoger las fecas de su mascota en la plaza. ¿Qué explicación o reparación tiene el Estado para quienes, pagando sus contribuciones y patentes comerciales, en días de marchas no pueden trabajar y se limitan a contemplar, paralizados de horror, la destrucción vandálica de todos los bienes y derechos que ese mismo Estado tiene la obligación de proteger?
Para que las marchas no sigan pisoteando patrimonio y paz de víctimas inocentes, ni dejando sangrientas marcas de guerra, ni abandonando todo vestigio de racionalidad, ni caminando al compás de himnos funerarios, la ciudadanía debe marchar contra las marchas.
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