Por Claudia Betancourt M.
Mientras parlamentarios de la Concertación se sumaron a la demanda planteada por los estudiantes, respecto de realizar un plebiscito como un mecanismo eficaz para resolver temas relevantes cuando no se logran los acuerdos necesarios como en el tema educacional, abogados constitucionalistas rechazaron la idea y aún más, la consideran incoveniente.
Luego de la reunión con el equipo político de La Moneda, los presidentes de los partidos Socialista (PS), Radical (PRSD) y del PPD, insistieron en que “el plebiscito es una fórmula que la democracia moderna admite para la resolución de demandas como la estudiantil (...) Nuestra propuesta es que el debate educacional sea resuelto de esta manera”.
Desde el mundo político, la idea encontró de inmediato acogida. Al menos, por un grupo de 21 parlamentarios de la Concertación, del Partido Comunista (PC) y del PRI, quienes lo demandaron públicamente.
“Un absurdo”
Una mirada diametralmente distinta tiene la abogada constitucionalista Olga Feliú, quien precisa que desde el punto de vista constitucional, hoy en día no se puede llamar a plebiscito sin modificar la ley. “Es un absurdo”, argumenta.
Es más, cuestiona la potestad que en esta materia tiene la comunidad para pronunciarse sobre un asunto tam importante y complejo como es la educación. De hecho, dice, que es tan alto el número de variables que se abordan en el tema educacional, que no sería simplemente un “sí o no” en la consulta, sino “un cuestionario con al menos 10 páginas”.
A Feliú lo que le más le incomoda de esta propuesta, es que desconoce al Poder Legislativo. “Los parlamentarios que alaban los posibles plebiscitos, significa que no quieren reconocer que las facultades para legislar la tienen ellos, que el pueblo lo entregó al Parlamento. Significa que ellos renuncian a su derecho a legislar en beneficio del país”, sentencia.
Referéndun revocativo
Para el abogado Patricio Zapata, falta precisión en la propuesta de los estudiantes sobre convocar a un plebiscito. Es “muy vaga”, refrenda. Dice que sería bueno que los estudiantes precisaran a qué se refieren exactamente, ya que esta fórmula puede significar cosas muy distintas.
Al aterrizar una propuesta, Zapata recuerda el caso que se da en Italia, donde existe la figura del referéndum revocatorio, que es un tipo de plebiscito pero más acotado.“Después que el Parlamento aprueba una ley y el presidente la firma y se publica en el Diario Oficial, hay un período de tiempo en que los ciudadanos que no están conformes o no le gusta, que sienten que el Parlamento se arrancó con los tarros, el número de ciudadanos suficientes reunen firmas y obligan que esa ley sea asometida a una votación para que se confirme o se revoque”.
De lleno en el debate, Zapata postula que esta sería una fórmula que resolvería los problemas sin necesidad de someterse a “situaciones tan peligrosas y que se prestan al populismo y daña enormemente al Parlamento”, añade.
Reforma a la Constitución
En esta lógica, Zapata precisa que una de las alternativas sería reformar la Constitución política para un plebiscito. Pero aclara, que el recurso del plebiscito sólo está contemplado en el caso de un diferendo entre el Poder Ejecutivo y Legislativo respecto de una Reforma Constitucional. El Artículo 128 señala que “si el Presidente de la República rechazare totalmente un proyecto de reforma aprobado por ambas cámaras y éstas insistieran en su totalidad, por las dos terceras partes de los miembros en ejericicios de cada Cámara, el presidente deberá promulgar dicho proyecto, a menos que consulte a la ciudadanía mediante un plebiscito”.