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TDLC se defiende de acusaciones por esquema tarifario de Transbank ante la Suprema: "La FNE tergiversa el contenido del fallo"

El Tribunal presidido por el ministro Nicolás Rojas apuntó a que la Fiscalía busca “construir un relato que culmina en una supuesta obligación de Transbank de adoptar ciertas conductas concretas”.

Por: Vicente Vera V. | Publicado: Miércoles 4 de enero de 2023 a las 11:18 hrs.
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Foto: Archivo
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El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) salió al paso de las acusaciones que realizó la Fiscalía Nacional Económica (FNE) por su actuación en el proceso de definición de tarifaras de Transbank, y que derivó en la presentación de un recurso de queja ante la Corte Suprema. 

La Fiscalía recurrió a la máxima instancia judicial del país a mediados de noviembre acusando que los ministros del TDLC habrían “incurrido en una serie de faltas o abusos graves” en el ejercicio de sus potestades al declinar un pronunciamiento sobre los cobros de Transbank a sus comercios afiliados. 

“(La sentencia) no contiene orden alguna que pueda ser ejecutada y, por tanto, la solicitud de la Fiscalía de cumplimiento forzoso carece de objeto”, señala el TDLC.

Cabe recordar que el TDLC decidió remitir los antecedentes a la Comisión para el Mercado Financiero (CMF) para que este organismo zanje la fórmula de tarifas de Transbank. La FNE estableció que las tarifas que debía cobrar Transbank a sus comercios eran de un merchant discount único de 0,4%. Esta idea fue rechazada por el Tribunal. 

Tras la presentación del recurso y previo a la Navidad, la Suprema determinó que “sin perjuicio de lo que se resuelva en su oportunidad sobre la admisibilidad del recurso”, el TDLC debía remitir un informe sobre los antecedentes del caso. 

La respuesta del TDLC

El Tribunal envió dicho documento el viernes 30 de diciembre y en 11 páginas desarrolló su defensa para desechar los argumentos de la FNE. 

En el escrito, justificó que su decisión respecto de las tarifas de Transbank “no fue dictada cometiendo falta o abuso alguno, sino que, por el contrario, constituye una decisión judicial coherente y racionalmente justificada”. 

Según el Tribunal presidido por el ministro Nicolás Rojas, lo dicho por la FNE “solo da cuenta de una diferencia de opinión respecto de la interpretación del sentido y alcance de la sentencia” y que el organismo “tergiversa el contenido del fallo”. 

Esta instancia planteó que el fallo de la Suprema no podría ser objeto de una solicitud de cumplimiento forzoso en los términos solicitados por la FNE. Agregaron que la sentencia “no contiene orden alguna que pueda ser ejecutada y, por tanto, la solicitud de la Fiscalía de cumplimiento forzoso carece de objeto”. 

Recordó que el TDLC es un organismo jurisdiccional, por lo que debe descartarse como sujeto pasivo para una orden y que dicha instancia “actúa en este caso ejerciendo sus facultades jurisdiccionales y no como un ente administrativo”. 

El ministro y presidente del TDLC, Nicolás Rojas.

Apuntó que la FNE es “la encargada de velar por el cumplimiento de los fallos y decisiones que dicten los tribunales de justicia en materia de libre competencia”.

Asimismo, indicó que el rol del persecutor económico se debe circunscribir a concluir investigaciones decretando el archivo de la misma por carecer de méritos suficientes, alcanzando un acuerdo extrajudicial que se somete a la aprobación del TDLC o bien, presentando un requerimiento si la investigación da cuenta de que Transbank no ha dado cumplimiento a la sentencia.

En este último caso, “si la FNE detecta el incumplimiento de una decisión de los tribunales en esta materia, puede iniciar el procedimiento contencioso correspondiente para remediarlo, cuestión que ha hecho”. 

El TDLC argumentó que la FNE trató de “construir un relato que culmina en una supuesta obligación de Transbank de adoptar ciertas conductas concretas, sujetas a principios y criterios que infiere de su lectura de la parte considerativa de la sentencia”.

“Ordenar a Transbank la presentación de un nuevo plan tarifario, como pretende la FNE, obligaría a este Tribunal a revisar y calificar ese plan –cuyo contenido está en disputa entre Transbank y la FNE– en el contexto de un procedimiento que resulta inadecuado al efecto, al no contemplar instancias de revisión y participación de potenciales afectados, ni una oportunidad para requerir los antecedentes que serían necesarios para su correcto análisis”, explicó el TLDC en su respuesta a la Corte Suprema. 

Papel de la CMF

En cuanto al rol de la CMF en este proceso, el TDLC fundamentó que “las relaciones entre los bancos emisores y Transbank deben ser fiscalizadas por la Comisión, en cuanto Transbank es una sociedad de apoyo al giro bancario” y que las atribuciones del regulador “no están limitadas a los riesgos para la solvencia de las instituciones financieras”. 

Con todo, sostuvieron que “no se configura un abuso o falta grave en la dictación de la resolución” por la situación de Transbank por lo que el recurso de queja interpuesto por la FNE “no puede prosperar por ser infundado”.

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