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Labarca: falta de informes quita sustento a formulación de cargos de la SVS

El abogado dijo que “diez meses después, la autoridad no cuenta con ningún fundamento”.

Por: J. Catrón / P. Torrealba | Publicado: Jueves 28 de agosto de 2014 a las 05:00 hrs.
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Como un punto “decisorio” define el abogado Raimundo Labarca, quien encabeza la defensa de Julio Ponce Lerou, que la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) no haya presentado informes sobre el tema precios de mercado. “Recordemos que formuló cargos, precisamente, porque aquí había operaciones por sobre o bajo el precio de mercado y, por lo tanto, éste es el eje fundamental en la formulación. En consecuencia, esta confesión deja de manifiesto que no tiene (la SVS) ningún fundamento y que, por lo tanto, estos cargos deben ser archivados”, señala.

Añade que “si a eso le agregamos más de 20 testigos que han desacreditado la tesis de precios de mercado de la superintendencia, más diez informes técnicos que también han echado por tierra dicha tesis, uno llega a la conclusión, inequívoca, de que la concepción de precios de mercado que tiene la superintendencia es total y absolutamente arbitraria, y que no tiene ningún sustento en este procedimiento administrativo”.

-¿Van a solicitar que los cargos sean archivados?

-En nuestros descargos lo solicitamos. Desafortunadamente, no sabíamos, en la época de la formulación, que el superintendente no contaba con un estudio; nuestra defensa habría sido en algo distinta. Diez meses después, la autoridad no cuenta con ningún fundamento para sustentar sus cargos.

-A partir de ello, ¿van a hacer algo concreto?

-Por supuesto, se lo vamos a hacer presente a la Superintendencia. Tenemos que hacer una presentación con la observación a las pruebas rendidas. No existe espacio para la aplicación de sanciones. Los ejes de esta formulación eran que estas operaciones no se habían hecho a precios de mercado, por una parte, y por la otra, que se hacían a través de mecanismos bursátiles especialmente escogidos, con el propósito de que participara la menor cantidad de gente y que no se obtuviera la maximización de los recursos. En lo primero hoy nadie duda que las operaciones fueron hechas a precios de mercado y respecto de las modalidades hay 20 testigos que declararon que éstas eran idóneas.

-De haber existido informes, ¿no habrían reclamado por no haber participado? 

-Si hubiesen existido, la autoridad, al momento de resolver, los habría tenido que contrastar con las declaraciones de los testigos y con los otros informes respecto de los precios de mercado. Y ahí, habría podido tomar una decisión. Pero hoy día no existen otros antecedentes, por lo tanto ¿cómo el superintendente, en virtud de un expediente que solamente tiene testigos e informes que dicen que los precios de mercado son una cosa totalmente distinta a lo que él sustenta, va a poder aplicar una sanción?


-Pero todos los antecedentes están contenidos y explicados en la formulación de cargos…

-Sería una falacia pensar que el demandante tiene la razón por lo que está incluido en el texto de la demanda. Lo que tiene que hacer la autoridad es formular sus cargos, pero éstos tienen que estar sustentados.

-En la formulación de cargos están todas las operaciones individualizadas…

-Sí, pero no existe ningún dato. Él (Pavez) no tiene cómo contrastar lo que le dicen los expertos.

-En la formulación se usa el mismo criterio que el utilizado en el aumento de capital de Norte Grande el 2007…

-Esa es una mentira enorme, porque los precios que determina un directorio en un momento dado para colocar unas acciones en el futuro son precios mínimos, que no tienen nada que ver con el precio de mercado. Es lo mismo que si uno va a un remate de un auto y el precio mínimo son $2 millones, pero al final éste se va en $8 millones ¿cuál es el precio de mercado? Los $8 millones, por supuesto. Entonces, cuando el superintendente tenga que sentarse a redactar la resolución sancionatoria o la que nos absuelva, sólo tiene informes y testimonios que le dicen “señor, su criterio, el que está plasmado a fuego en su formulación de cargos, es erróneo, desde un punto de vista técnico”. ¿Y cuál es la conclusión de eso?, que se cae toda su teoría del esquema.

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