Banca / Instituciones Financieras

Involucrados en Caso Cascadas arriesgan en conjunto multas por hasta US$ 2.000 millones

El regulador, si decide sancionar los cargos formulados, podría aplicar dos criterios para determinar los montos de las multas.

Por: J. Catrón/K. Caniupán
 | Publicado: Lunes 7 de julio de 2014 a las 05:00 hrs.
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A pesar de que el número de testigos que han ido a declarar ha sido bastante inferior a lo que se pensaba, y a que existen períodos probatorios que recién comienzan (como el de Roberto Guzmán Lyon), lo cierto es que la investigación administrativa desarrollada por la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) por el caso Cascadas se encuentra en su recta final. Y apenas a meses de que el regulador decida si sanciona o no a los involucrados, la pregunta respecto a las eventuales multas que podrían recibir se hace cada vez más recurrente, tomando en consideración que en algunas ocasiones los recursos destinados a la investigación no guardan relación con la sanción económica, que suele ser bastante inferior.

Este punto no es menor, considerando que, por ejemplo, el controlador de las sociedades Cascadas, Julio Ponce, está siendo investigado por cinco presuntas infracciones, tres de ellas contra la Ley de Sociedades Anónimas y las restantes contra la Ley de Mercado de Valores.


¿Cómo se determinan los montos?


El Decreto Nº 3.538, en su Título III de Apremios y Sanciones, establece que la SVS puede determinar el monto de las multas de acuerdo a dos criterios, explica una fuente.

Uno de estos serían los límites establecidos en el artículo 27 o 28, dependiendo de si los formulados son personas jurídicas o naturales, que contempla una multa a beneficio fiscal, hasta por un monto global por entidad o persona equivalente a 15.000 Unidades de Fomento (UF). Este inciso establece que en caso de tratarse de infracciones reiteradas por la misma naturaleza podrá aplicarse una multa de hasta cinco veces el monto máximo antes expresado, lo que se traduciría en unos US$ 3,28 millones.

El decreto especifica que el monto específico de la multa se determinará apreciando profundamente la gravedad y las consecuencias del hecho, la capacidad económica del infractor y si éste hubiere cometido infracciones de cualquier naturaleza en los últimos 24 meses. Esta circunstancia no se tomará en consideración en aquellos casos en que la reiteración haya determinado por sí sola el aumento del monto de la multa básica.

No obstante el regulador puede utilizar otro criterio para determinar los montos de las multas, el cual le permite establecer sanciones monetarias hasta un 30% del valor de la emisión u operación irregular. Y según comentan fuentes del proceso, si se aplicara este criterio, la sanción podría convertirse en una de las mayores de las que se tenga registro. Esto porque si se considera que aproximadamente el total de las operaciones investigadas suman unos US$ 7.000 millones, esto quiere decir que si se acredita que todas tuvieron un origen “fraudulento”, la multa podría llegar, en su conjunto, a más de US$ 2.000 millones.

Ganancia mal habida


El principal objetivo de la Superintendencia es que las multas estén en línea con los beneficios mal habidos, explica una fuente. “No puede ser que cometas una estafa, ganes 100 y tengas una multa de 20. Las multas deben hacer desaparecer las ganancias mal habidas, ese es el criterio”.

Agregan que al momento de calcular las multas se debe tomar en consideración todos los ilícitos mal habidos. “No porque sancionen por uso indebido de información privilegiada, dejarán de sancionar por otro ilícito cometido en ese momento. Esto es igual que en la justicia, cuando te dan 4 años por esto, 5 por esto… es exactamente lo mismo”.

Es más, una fuente enfatiza que “por ejemplo en el Caso Chispas fue una multa grande”, episodio en que la SVS utilizó el 30%: “Lo que pasa, es que a veces los montos anteriores quedan un poco chico en relación a los ilícitos cometidos, por ejemplo el caso Chispas, donde habían varios millones de dólares involucrados, entonces una multa de 15.000 UF no era comparable al daño económico”.

Formulados y sus infracciones


Tanto a Julio Ponce como a Aldo Motta les formularon cargos por cinco posibles infracciones, tres de ellas por transgresiones a la Ley de Sociedades Anónimas, y otras dos por supuestas faltas a la Ley de Mercado de Valores. 
Mientras que a Patricio Contesse Fica le formularon cargos por tres supuestas violaciones a la Ley de Sociedades Anónimas y a Roberto Guzmán Lyon le notificaron cargos por dos quebrantamientos a la Ley de Mercado de Valores.

En enero de este año, la SVS formuló cargos contra otras entidades y ejecutivos. En esta etapa, notificaron a Larrain Vial Corredora de Bolsa y a sus ejecutivos, Manuel Bulnes Muzard y Felipe Errázuriz Amenábar por tres infracciones a la Ley de Mercado de Valores.

Leonidas Vial Echeverría, controlador de Inversiones Saint Thomas Ltda; a Alberto Le Blanc Matthaei, controlador y administrador de Inversiones Transcorp Ltda., también fueron formulados por una transgresión a la Ley del Mercado de Valores.

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