Banca / Instituciones Financieras

Parámetros para fijar indemnización complican a AFP en respuesta a oficio de regulador

Una de las complejidades es cómo se determina lo que se dejó de ganar, ya que no hubo pérdidas para los fondos.

Por: Jimena Catrón/Fernando Aspillaga
 | Publicado: Lunes 8 de septiembre de 2014 a las 05:00 hrs.
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El resultado que pueda salir de los cálculos en los que actualmente están trabajando los departamentos de inversiones de las AFP es crucial. Esto porque una vez que tengan la estimación respecto a cuál habría sido el daño que le significó a los fondos el llamado “esquema” del caso Cascadas, se podrían estimar las indemnizaciones por daños y perjuicios a los que podrían acceder las administradoras, en caso de tener éxito en tribunales.

Sin embargo, la tarea no es fácil. Más bien, todo lo contrario. Esto porque además del acotado plazo que les entregó la Superintendencia de AFP (SP) para responder el oficio en el que se pedía la estimación -10 días hábiles-, se suma la nula definición de los parámetros a ocupar para definir los montos.

A lo anterior se suma el hecho de que no está clara la forma en que se abordarán esos daños, puesto que pese a no haber presentando pérdidas, como consignó la defensa de Julio Ponce Lerou, principal multado por el regulador del mercado de Valores, sí habrían dejado de percibir “ganancias adicionales” producto de las operaciones cuestionadaspor la SVS, y que implicaron que los involucrados en el caso recibieran, en conjunto, multas por mas de US$ 164 millones.

El plazo


“El hecho de que se tengan diez días para responder el oficio enviado por regulador no quiere decir que al quinto día lleguen y se plantee que ese período no es suficiente para dimensionar el eventual perjuicio que pudieron haber tenido los fondos”, dicen fuentes de la industria, que no descartan que algunas, o todas las AFP, tengan que pedir más plazo.

Del mismo modo, una alta fuente al interior de otra administradora, consultada sobre la situación, planteó que pese a estar estudiando lo solicitado por el regulador “habrá que respetar los diez días”.

La instrucción establece que las AFP deben remitir a la superintendencia su “análisis y evaluación de eventuales perjuicios para cada tipo de fondo, con especial detalles de las transacciones consideradas, así como los precios de referencias usados para fundamentar dicha estimación”.

Del mismo modo, las administradoras tendrán que informar en el mismo plazo, las “acciones legales, diligencias o medidas a adoptar para requerir la indemnización de perjuicios que pudieron haberse causado a los fondos de pensiones”, dice el documento.

El año pasado ya les habían pedido “estar atentos”


Cabe recordar que la ex superintendenta del ramo, Solange Berstein, fue citada en octubre de 2013 a la Comisión Investigadora del Conflicto entre accionistas de SQM para dar su versión respecto de cómo se estaban resguardando los fondos de los afiliados al sistema de AFP.

En la oportunidad, Berstein afirmó que lo primero debía ser “finiquitar la investigación que está llevando a cabo la Superintendencia de Valores y Seguros para poder determinar cuáles son las transacciones donde se verifique un ilícito, especificar el impacto sobre la sociedad en la que se invirtieron los fondos y, a su vez, cuál es el impacto sobre la AFP como accionista minoritario” consigna el informe emitido por la sesión.

Además, en la instancia, la ex reguladora comentó que se había solicitado a las AFP que estuvieran atentas para poder realizar dichos cálculos y, circunstancialmente, informar a la Superintendencia respecto de posibles perjuicios v adoptar todas las acciones que sean necesarias, situación similar a la que se dio la semana pasada en el oficio enviado por la superintendenta Tamara Agnic a las cinco AFP que tuvieron operaciones en el esquema de las cascada.

 

El énfasis que se hará en gobiernos corporativos

En la sesión de la semana pasada de la Comisión investigadora Soquimich, la superintendenta de Pensiones, Tamara Agnic, explicó a los asistentes el rol que cumplirá en el cargo, en el marco del caso Cascadas, tras la determinación de la SVS. Y uno de los puntos que más destacó en su exposición fue la importancia de los gobiernos corporativos de las empresas en las cuales se invierten los fondos de pensiones. Específicamente, se refirió a la posibilidad de incorporar a las políticas de inversión la consideración de gobierno corporativo, "donde no hay obligación normativa o legal". La superintendenta indicó que sugerencias de la OCDE y otras organizaciones contemplan factores que deben ser analizados por el regulador en relación al cumplimiento por parte de las AFP, "y nos hemos dado cuenta que el gobierno corporativo no sólo de las AFP, sino de las sociedades donde invierte, es clave; lo que nos hace repensar que hay otras materias más subjetivas en las cuales fijarse". Complementó que "hoy una sola AFP lo hace", y, consultada por la individualización de este actor, señaló que "nosotros, como regulador, no podemos entregar esa información", pero en caso que la administradora quisiera, puede hacerlo.

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