Reglamento del Consentimiento enfrenta día decisivo: Cámara votará requerimiento de inconstitucionalidad
La moción cuestiona el hecho que se haya reglamentado materia que debió abordarse a través de un proceso legislativo.
Por: Por Kharla Caniupán
Publicado: Miércoles 15 de enero de 2014 a las 09:56 hrs.
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A casi un mes de que el reglamento sobre manifestación expresa de la aceptación del consumidor en contratos de adhesión de productos y servicios financieros fuese publicado en el Diario Oficial, la Cámara de Diputados abordará en la sesión de hoy una solicitud para que la totalidad del pleno acuerde deducir un requerimiento por inconstitucionalidad en contra de éste, publicado como decreto supremo N°153 por el Ministerio de Economía. (http://camara.cl/pdf.aspx?prmid=10360&prmtipo=TEXTOSESION).
De ser aprobado, este requerimiento complementaría el que ya fue ingresado, declarado admisible y acogido a tramitación por el Tribunal Constitucional (TC) el pasado 30 de diciembre.
Y este proceso también enfrenta una ardua jornada. Hoy se llevará a cabo una audiencia pública en el TC (link http://www.tribunalconstitucional.cl/wp/audiencia-publica-miercoles-15-de-enero-de-2014-desde-las-10-30-horas), en la cual participarán asociaciones de consumidores -la Fundación Chile Ciudadano, la Conadecus y la Acompi-; el abogado William García en representación de los senadores PPD Eugenio Tuma, Guido Girardi y Jaime Quintana; la Asociación de Bancos (ABIF), que puntualizará que no existen vicios de inconstitucionalidad en el reglamento; y Francisca Barrientos, académica de la UDP.
Además, el TC ofició también al Banco Central y el Sernac para que dentro de seis días formulen observaciones y acompañen antecedentes que consideren pertinentes para el Tribunal.
Gobierno define representantes
Finalmente el gobierno definió a quienes serán sus representantes en la causa ante el TC. Rodrigo Díaz de Valdés Balbontín, abogado de Baker & McKenzie, representará al Ministerio de Economía acompañado por José Tomás Ruiz-Tagle, abogado de la Secretaría General de la República.
En la respuesta al requerimiento de inconstitucionalidad, tanto el gobierno como la Contraloría General de la República cuestionaron que el TC haya acogido a tramitación y declarado admisible el requerimiento el pasado 30 de diciembre. Ambos solicitan al tribunal que desestime en todas sus partes el requerimiento porque no existe "transgresión constitucional alguna" en el Decreto Supremo 153.
El escrito del gobierno explicita que "el requerimiento deducido carece de fundamentación constitucional suficiente", porque "a pretexto de una supuesta inconstitucionalidad (...) busca cuestionar el mérito, conveniencia o suficiencia de las mismas. Ello no puede ser admitido en estrados, por cuanto excede aquello que en derecho es dable promover en esta sede constitucional".
En tanto, el informe entregado por la división jurídica de la CGR y firmado por Patricia Arriagada, Contralor (s), argumenta que hay una "inobservancia de los requisitos legales y jurisprudenciales que debe cumplir un requerimiento de inconstitucionalidad de un decreto supremo". Este documento puntualiza que "el rol del TC no puede extenderse a los aspectos de mérito, oportunidad o conveniencia de la norma administrativa objetada". Además, puntualiza que la CGR realiza un "examen preventivo de juridicidad", en el que tampoco analiza estos aspectos.
El documento de la CGR indica que el requerimiento sostiene que existiría un "estatuto constitucional de protección al consumidor", punto cuestionado por el organismo ya que la Constitución no hace referencia a los "consumidores" como sujetos específicos de derechos garantizados constitucionalmente ni establece aspectos mínimos que deben considerarse en los contratos que aquellos celebren. Sin embargo, indica el informe, "no se advierte que el reglamento que se impugna vulnere un pretendido estatuto constitucional del consumidor".
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