Empresas de gas natural en picada contra el gobierno por proceso de chequeo de rentabilidad
Acusan a la Comisión Nacional de Energía de fijar valores clave para este cálculo, con datos que no reflejan la realidad de las empresas.
Por: Jéssica Esturillo O.
Publicado: Lunes 16 de octubre de 2017 a las 04:00 hrs.
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Las distribuidoras de gas natural por redes viven este año un proceso que podría ser clave para determinar una eventual fijación tarifaria.
Se trata del primer chequeo de rentabilidad que se realiza tras la modificación a la ley que regula el sector y que, a partir de ahora, considera un mecanismo de regulación de precios en caso de que las operadoras excedan una determinada tasa de rendimiento financiero de sus operaciones.
Por esto, la industria ha seguido de cerca la fijación de los distintos parámetros que forman parte de este cálculo, ya que sentarán la base de lo que sucederá en el futuro con este proceso. A raíz de lo anterior y por segunda vez, las cinco empresas que operan en este segmento se fueron en picada contra la estimación que la Comisión Nacional de Energía (CNE), a cargo de este proceso, hizo de uno de estos factores.
Si primero el cuestionamiento fue por la Tasa de Costo de Capital (ver nota relacionada), ahora Metrogas, GasValpo, Gassur, Intergas y Lipigas, acudieron en bloque al Panel de Expertos, especie de tribunal especializado, que dirime las controversias del sector eléctrico y ahora del gas, para cuestionar el cálculo del Valor Nuevo de Reemplazo (VNR).
Este factor considera el costo de renovar todas las obras, instalaciones de bienes físicos eficientes destinados a prestar el servicio, incluyendo los intereses intercalarios, los derechos, los gastos y las indemnizaciones efectivamente pagadas para establecer, por ejemplo, las servidumbres para el tendido de las redes de distribución. También incluye los bienes intangibles y el capital de explotación.
Discrepancias
En los escritos presentados a fines de septiembre, las empresas mencionadas aseguran, entre otras cosas, que la CNE desechó sin entregar mayor justificación una serie de elementos que constituyen parte de este VNR.
Por ejemplo, en el caso de Metrogas, el principal actor del sector medido en número de clientes, plantean siete discrepancias, entre las cuales figuran la exclusión de materiales básicos de los medidores y de costos asociados al montaje de estos dispositivos y otros cargos, así como sus indicadores de indexación.
La firma ligada a Gas Natural Fenosa y Copec alega que no le fue posible conocer los modelos que la CNE utilizó para hacer sus cálculos.
“Gassur hace presente que, aun cuando ha recibido la información solicitada a la CNE, no se ha tenido a la vista el modelo propiamente tal que permite llegar al VNR contenido en el Informe Definitivo. Por lo anterior, de manera alguna, puede entenderse que se ha validado, ni siquiera tácitamente, el modelo ni los antecedentes que le dan sustento a los datos que lo alimentan”, planteó a su turno Gassur.
El proceso para la determinación del VNR comenzó a inicios de agosto, cuando la autoridad informó a cada empresa la versión preliminar de este cálculo. Los operadores, a su vez, entregaron a mediados de ese mes sus observaciones al documento, las que a inicios de septiembre fueron parcialmente rechazadas por la comisión en la versión definitiva del citado informe.
Intergas, operadora de capitales españoles que atiende en la Región de La Araucanía y parte del Biobío, plantea que la resolución de la CNE fijó el VNR “con información que no es comparable a la realidad de tales empresas chilenas. Como exponemos en las discrepancias, el VNR propuesto por la CNE se basa en parámetros que ignoran la realidad de las empresas en Chile y muy especialmente, la realidad de Intergas”.
Esta firma plantea cinco reparos a los cálculos para el cuatrienio 2018-2021 y el ejercicio de los años calendarios 2016 y 2017, relativos en su mayoría al tratamiento de las tuberías.
La advertencia del Panel de Expertos en el primer enfrentamiento
A fines de julio de este año, el Panel de Expertos dirimió la primera disputa que las concesionarias de gas natural por red presentaron en el marco de los cálculos que sentarán la base para el chequeo de rentabilidad de esta industria, según los parámetros de la modificación de la ley que regula al sector. En ese caso, la disputa fue respecto de la Tasa de Costo de Capital que la autoridad estimó para las empresas. Este factor se obtiene a partir de factores como el tamaño de la empresa, la rentabilidad libre de riesgo, el riesgo y las características del mercado.
Las distribuidoras discreparon de los valores que la Comisión Nacional de Energía (CNE) usó para realizar este cálculo.
En la oportunidad, si bien en Panel descartó las solicitudes de las firmas, le planteó un punto a la autoridad, que señalaba que las empresas excederían el máximo de 9% que establece la nueva norma.
"La LSG ha dispuesto los diversos elementos que llevan a la determinación de la rentabilidad máxima de las empresas. Adicionalmente, cabe tener presente que la rentabilidad efectiva de las empresas no necesariamente llegará a las cifras planteadas por la CNE, puesto que, tal como señalan las discrepantes, no se trata de una rentabilidad asegurada", determinó el tribunal.
Añadió que esas tasas tampoco serán empleadas para fijar las tarifas de alguna empresa, ya que la normativa legal dispone que la CNE inicie un proceso de fijación sólo cuando la rentabilidad económica promedio de tres años de una empresa en una zona de concesión exceda la tasa máxima que le ha sido fijada, en cuyo caso se usará la correspondiente TCC.
"Sin embargo, esto último es poco probable por cuanto el efecto para una empresa de exceder su tasa de rentabilidad máxima es reducir en, al menos, 3% su rentabilidad", puntualizó el panel.
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