Las investigaciones por el caso Penta se encuentran próximas a dar resultados.
Esto porque, según conocedores del proceso, la Fiscalía de Alta Complejidad formalizaría en el corto plazo por eventual delito de cohecho y delito tributario a los socios del grupo Penta, Carlos Alberto Délano y Carlos Eugenio Lavín.
Además, trascendió que la idea del fiscalizador es que una vez que esto se haya concretado, acceder a un proceso abreviado, para lo cual la Fiscalía de la Región Metropolitana Oriente ya habría preparado las condiciones sobre las cuales comenzar a conversar con las defensas de los empresarios, quienes en esta etapa específica están siendo asesorados por un abogado del estudio Acosta & Cía.
Pero no serían los únicos que podrían acceder a un juicio abreviado, pues uno de los protagonistas en la arista política del caso Penta, ligado a la Alianza y que estaría siendo investigado por facturas de una de sus empresas, se encontraría en conversaciones con la fiscalía para lograr una salida alternativa. La defensa, en este caso, fue asumida por un abogado del estudio Philippi, Yrarrázaval, Pulido & Brunner Ltda, especialista en Derecho Penal Empresarial.
En la oferta, que habría sido expuesta por personeros de la Fiscalía de la Región Metropolitana, también se incluirían medidas precautorias como arresto domiciliario mientras dure el proceso.
En el caso de las señoras de Lavín y Délano, quienes figuran en la investigación vinculadas en hechos relacionados a utilización indebida de boletas de honorarios falsas para disminuir la base imponible del Impuesto a la Renta de la sociedad Inversiones Penta III Limitada, de la que son sus representantes, el proceso quedaría en suspensión condicional.
Fuentes cercanas al grupo afirmaron que no tienen ninguna información sobre estas eventuales propuestas.
Las renuncias
Esta semana se conoció que los dos socios fundadores del grupo renunciaron "voluntariamente" a las mesas de Penta Vida, Penta Security, Banmédica y Banco Penta.
Además, informaron el pago de impuestos por boletas que fueron objetadas por el Servicio de Impuestos Internos, monto que alcanza a $ 532 millones, aunque sumando reajustes, intereses y multas , la cantidad aumenta a $ 1.191 millones.
De todas formas, cabe consignar que según la Ley General de Bancos, no podrán ser directores de estas instituciones financieras "la persona que hubiere sido condenada o estuviere procesada por delito sancionado con pena principal o accesoria de suspensión o inhabilitación temporal o perpetua para desempeñar cargos u oficios públicos". Por otro lado, la Ley de Sociedades Anónimas, también estipula una serie de restricciones para ser director relacionadas a condenas por delito que merezca pena aflictiva o de inhabilitación perpetua para desempeñar cargos u oficios públicos, entre otras.
Audiencia de ayer
Por otro lado, según informó Radio Cooperativa, ayer se llevó a cabo la audiencia por la demanda laboral por $ 2.300 millones que interpuso en octubre el ex gerente y ex director de Empresas Penta, Hugo Bravo, contra sus ex jefes.
El ex ejecutivo señala que su despido se realizó bajo amenazas y hostigamiento, para ser presentado "como chivo expiatorio" del escándalo por el presunto financiamiento ilegal de campañas políticas que él mismo denunció ante el fiscal Carlos Gajardo al ser interrogado en el marco del caso "Fraude al FUT".
En la audiencia, el abogado de Bravo señaló que su cliente "pide que los controladores de Penta manifiesten disculpas públicas por los hechos en que se involucró a don Hugo y dejar absolutamente claro que él no tiene ninguna responsabilidad".
La arista política del Caso Penta surgió luego de que Hugo Bravo revelara que en la campaña electoral de 2013 las empresas del grupo realizaron diversos aportes a candidatos de la elección parlamentaria y presidencial, una parte de las cuales se habría realizado utilizando facturas o boletas de honorarios por servicios que no se habrían realizado.
Responsabilidad de persona jurídica
Uno de los puntos que aún se mantienen en la duda es sí la Fiscalía Oriente interpondrá algún recurso en contra de alguna empresa del grupo. Esto porque luego de que se estableciera en 2009 la responsabilidad penal de persona jurídica, quedó abierta la posibilidad de que a las empresas se les imputaran delitos como financiamiento del terrorismo, lavado de activos, y uno de los que están en la mira de la Unidad de Delitos de Alta Complejidad: cohecho.
Según la ley, "las personas jurídicas serán responsables de los delitos señalados en el artículo 1° que fueren cometidos directa e inmediatamente en su interés o para su provecho, por sus dueños, controladores, responsables, ejecutivos principales, representantes o
quienes realicen actividades de administración y supervisión, siempre que la comisión del delito fuere consecuencia del incumplimiento, por parte de ésta, de los deberes de dirección y supervisión. Bajo los mismos presupuestos del inciso anterior, serán también
responsables las personas jurídicas por los delitos cometidos por personas naturales que estén bajo la dirección o supervisión directa de alguno de los sujetos mencionados". Entre las penas consideradas se encuentran la disolución de persona jurídica, prohibición de firmar contratos con el Estado, multa a beneficio fiscal, entre otras.