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Libertad condicional: luces sobre el debate que viene

En momentos de dolor, se corre el riesgo de hacer política pública en base a casos excepcionales, que deben ser discutidos y tratados como tales.

Por: Pilar Larroulet, Académica UC | Publicado: Sábado 15 de agosto de 2020 a las 04:00 hrs.
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La muerte de la joven Ámbar Cornejo no deja a nadie indiferente. Tampoco pueden hacerlo las imágenes que nos llegan de su vida. Una existencia marcada por la vulnerabilidad, la violencia, el abandono. Duele más aun saber que el delito fue cometido por alguien que debiese no haber estado libre para hacerlo. 

En momentos de dolor, se corre el riesgo de hacer política pública en base a casos excepcionales, que deben ser discutidos y tratados como tales. Veamos, según datos de Gendarmería (2018), la inmensa mayoría de quienes cumplen condena en cárceles chilenas lo hacen por delitos que no son homicidios (8%) ni delitos sexuales (6%). Todos ellos saldrán en un futuro cercano. Esto es lo que Jeremy Travis llama “la ley de hierro del encarcelamiento”: todos vuelven. La verdadera pregunta que debemos hacernos es cómo queremos que vuelvan: con cierta supervisión y apoyo, o sin soporte ni control. Es justamente en este reingreso donde la libertad condicional (LC) juega un rol fundamental, al permitir una salida progresiva que favorece la integración y el abandono del delito. 

Solo un pequeño porcentaje de quienes están privados de libertad egresan bajo el beneficio de la LC (4% según datos de Paz Ciudadana de 2012). En promedio, ellos tienen tasas de reincidencia significativamente menores que el total (21% versus 47% según Gendarmería, 2019). ¿Significa esto que la libertad condicional “genera” una disminución de la reincidencia? No, pero sí muestra que -aunque puede y debe ser mejorado- el proceso de selección existente permite que egresen bajo este beneficio aquellos con menor riesgo de volver a cometer un delito. 

Ahora bien, quedarnos en la selección es evitar entrar al fondo del problema. La LC es claramente insuficiente en cuanto al control que genera y al apoyo que provee. Además, Chile sigue teniendo una deuda pendiente con lo que ocurre durante y de manera posterior al encarcelamiento. Desde hace años se discute la necesidad de una ley de ejecución de penas que se haga cargo de la “puerta trasera” de las condenas y que permita incorporar la mirada postpenitenciaria que la literatura destaca como clave para una intervención exitosa.

Tanto desde una perspectiva de seguridad pública como de derechos, el objetivo de la pena y el nuestro como sociedad debiese ser que quien haya cometido un delito pueda insertarse y dejar de delinquir. Un mejor sistema de LC puede claramente contribuir a este objetivo. Más que acusaciones políticas, se requiere voluntad política para hacernos cargo de este desafío. 

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