Energía

SEC respalda al Coordinador Eléctrico: organismo no tiene la obligación de implementar automatismos para transmisión

La empresa El Pelícano Solar acusó que la obligación de impulsar estos esquemas se ha reemplazado por una función "simplemente evaluadora" de los que son propuestos por las firmas y no teniendo una "actuación proactiva".

Por: Karen Peña | Publicado: Lunes 8 de mayo de 2023 a las 13:44 hrs.
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Foto: Bloomberg
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La tensión que vive el sistema eléctrico frente a elementos clave como la sequía y los retrasos en obras de transmisión, que estarían repercutiendo en altos costos para las empresas de energías renovables que sufren desacople de precios y vertimientos, reavivó hace unos meses una antigua discusión en la industria respecto a los denominados automatismos, los que son esquemas que involucran la interacción de dispositivos que actúan sobre instalaciones del sistema eléctrico.

Los automatismos para el control de transferencias se han implementado hace más de 10 años -el 2022 entró en servicio los automatismos de desconexión automática de generación (EDAG) Sol del Desierto y el EDAG de Zona Calama, por ejemplo- y pueden ser utilizados para aumentar las transferencias de energía desde zonas económicamente más convenientes, incrementando así el transporte de energía.

A los pronunciamientos que ya ha debido dictar el Panel de Expertos por esta materia, instancia que dirime conflictos en el sector, ahora fue el turno de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) respecto a un nuevo caso. Se trata de la empresa El Pelícano Solar Company SpA que interpuso el 24 de enero una denuncia ante la SEC en contra del Coordinador Eléctrico por incumplimiento -dijo- de su deber de implementar esquemas de control automático que optimicen la operación del sistema eléctrico, los que permitirían liberar o aumentar las capacidades de transmisión. Y, tras casi tres meses, la entidad fiscalizadora emitió su veredicto: respaldó al organismo que supervisa la operación del sistema. 

Para la empresa, los esquemas de control automático que optimizan la operación del sistema eléctrico corresponden a aquellos sistemas de control automático que tienen como finalidad evitar la propagación de fallas ocurridas en el sistema eléctrico nacional, permitiendo o colaborando con ello en la operación óptima del sistema y en la reducción del costo de operación del sistema eléctrico en su conjunto. 

Y, en ese contexto, a pesar de la obligación expresa contenida en la normativa y de la relevancia de la implementación de estos controles automáticos para la optimización de la operación económica del sistema, dice la firma, "el Coordinador Eléctrico en los últimos años, y especialmente a partir de un inexplicable cambio de criterio adoptado en el año 2019, ha optado por limitarse sólo a evaluar los esquemas de control automático de transferencia propuesto por los coordinados, fijando un procedimiento a través del cual estos pueden efectuar dichas propuestas, lo que dista mucho de la real y completa obligación de implementar estos esquemas".

En concreto, acusa "falta de diligencia por parte del Coordinador", ya que la obligación de implementación de estos automatismos se ha reemplazado por una función "simplemente evaluadora" de aquellos propuestos por los coordinados y no teniendo una "actuación proactiva" relacionada con realizar estudios, evaluar, planificar e implementar estos esquemas de control automático.

La firma instala la importancia de este tema mirando la situación actual. Recalca que los automatismos de control de transferencias son "soluciones imprescindibles para la operación óptima del sistema, criticidad que se ve aumentada por las actuales circunstancias del sistema eléctrico nacional, el que frente a grandes y prolongadas sequías, retrasos en obras de transmisión y diversas otras limitaciones a la capacidad de transferencias del sistema interconectado, está operando hoy a altos costos". Lo anterior, añadió, "con especial perjuicio para las empresas de energía renovable que sufren de problemas de desacople de precios y reiterados vertimientos de energía producto de las conocidas restricciones de transmisión".

Y sentencian: "Resulta imposible de comprender que el Coordinador Eléctrico haya decidido limitarse a evaluar automatismos propuestos por terceros en lugar de aplicar criterios proactivos para su implementación, sin que se conozcan a la fecha ni siquiera estudios proactivos del Coordinador conducentes a la evaluación de la implementación de nuevos automatismos en el sistema, arriesgándose así a mantener una operación del sistema eléctrico menos óptima que la que se lograría si el Coordinador cumpliera su obligación. Por supuesto es imposible establecer a priori cuáles son las consecuencias económicas exactas para el sistema producto de este incumplimiento". 

El antecedente que instala la mesa por insolvencia de renovables

Así, el 21 de febrero el Coordinador entregó un informe con su réplica, asegurando que el organismo ha dado cumplimiento a la obligación y que lo solicitado por la empresa "excede las atribuciones y competencias" que son asignadas a la entidad. En esa línea, dice que "el Coordinador solo puede instruir a los coordinados la implementación de automatismos para preservar la seguridad del servicio y que, entre dichos automatismos, no están considerados aquellos que tengan por objetivo aumentar el flujo a través de las instalaciones de transmisión con el propósito de poder reducir los costos de operación del sistema eléctrico nacional".

Considerando que el Panel de Expertos, instancia que dirime conflictos del sector eléctrico, se ha pronunciado en más de una vez respecto a esta materia a través de discrepancias que se han presentado contra el Coordinador, la firma tomó los más recientes para defender su posición.

Sin embargo, para el organismo autónomo, el Panel "ha entendido claramente que la posibilidad de implementar automatismos que tengan como efecto práctico aumentar la transmisión de potencia de las instalaciones de transmisión, con miras a poder reducir el costo de operación del sistema eléctrico en su conjunto, está reservada en la normativa a los propietarios de dichas instalaciones, de manera directa o en acuerdo con otros interesados, correspondiendo al Coordinador la revisión, análisis y aprobación o rechazo de los automatismos que se presenten para incorporarse al sistema eléctrico".

"El supuesto incumplimiento imputado por El Pelícano Solar al Coordinador no es sino una comprensión errada de los conceptos, del marco normativo vigente y del alcance de las facultades y atribuciones que la Ley General de Servicios Eléctricos otorga al Coordinador en materia de implementación de nueva infraestructura que acceda al sistema eléctrico nacional", lanzó. 

En el caso la SEC pidió la posición de la Comisión Nacional de Energía (CNE) y el 21 de marzo la entidad remitió un documento en que entra en la discusión. Apuntó que el Coordinador no está obligado por la ley ni por el reglamento para instruir directamente la instalación de automatismos de control de transferencias, y la función de implementar los referidos esquemas de control automático dispuesta en el reglamento se encuentra cubierta con ocasión de la dictación del procedimiento interno.
Se recuerda que una de las medidas comprometidas por la CNE en el marco de la mesa público-privada sobre el mercado de corto plazo -que se gatilló por la insolvencia de firmas renovables- es trabajar en la normativa relacionada con la incorporación de elementos de monitoreo y control de las redes de transmisión. Y que en el informe publicado en enero se propuso trabajar en la definición de dichos elementos para permitir su adecuada incorporación y uso racional en el sistema, considerando riesgos y responsabilidades. 
"En ese contexto, esta Comisión considera necesario estudiar las modificaciones requeridas en relación con las obligaciones del Coordinador y de los agentes interesadas respecto a estos puntos, así como los incentivos a otras tecnologías de monitoreo y control de flujo", sostuvo. 
El veredicto de la SEC
Fue así que la SEC concluyó el 14 de abril en un escrito -firmado por la superintendenta Marta Cabeza- que el Coordinador no está obligado a implementar esquemas de control de transferencias en el sentido planteado por El Pelícano Solar. Estimó en su pronunciamiento que la obligación del Coordinador, determinada en la reglamentación vigente, es instruir a los coordinados la implementación de automatismos para preservar la seguridad del servicio y no se considera aquellos que tengan por objetivo aumentar las transferencias por el sistema de transmisión con el propósito de reducir los costos de operación del sistema eléctrico nacional. 
"La actuación proactiva que la empresa plantea como una obligación incumplida implicaría que el Coordinador instruyera directamente a los coordinados la instalación de automatismos de control de transferencias para garantizar la operación más económica, pero reiteramos que la normativa vigente solo permite al Coordinador instruir a los coordinados la implementación de automatismos para preservar la seguridad del servicio", plantea.
A juicio de la entidad fiscalizadora, "no existe impedimento para que los automatismos que optimicen la operación del sistema, como lo son aquellos destinados al control de transferencias, puedan ser propuestos por las empresas coordinadas, utilizando el procedimiento interno y, una vez aprobados por el Coordinador, materializados y operados por dichas empresas, lo que ha sido refrendado por los dictámenes del Panel de Expertos". 

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