Corte rechaza recurso de ilegalidad presentado por Ponce por apertura de su proceso probatorio
La defensa del controlador de las Cascadas argumentó que su proceso no puede abrirse sin que también inicie el de Guzmán Lyon.
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Un duro revés sufrió por la tarde del viernes la defensa de Julio Ponce. La Corte de Apelaciones, en fallo dividido, rechazó la admisibilidad del recurso de ilegalidad presentada por sus abogados, iniciativa interpuesta luego de que la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) abriera su período probatorio a pesar de que estuviera suspendido el de Roberto Guzmán Lyon.
“Atendido lo expuesto y lo establecido en los artículo 46 del D.L. Nº 3538 y 3 de la Ley Nº 19.880, se declara inadmisible la reclamación formulada por los abogados Raimundo Labarca y Alejandro Parodi, en representación de Julio Ponce Lerou”, señala la resolución de la Corte.
Además, en el texto, se indica que “el acto en contra del cual se recurre no se encuentra en ninguna de las hipótesis descritas en el artículo D.L. 3538, puesto que se trata de un acto intermedio de la administración que no contiene decisión alguna en términos descritos en el artículo de la Ley Nº 19.880”
El esquema
En su presentación, Raimundo Labarca y Alejandro Parodi, señalaron que el 13 de junio la SVS abrió el término probatorio correspondiente al procedimiento sacionatorio, “en circunstancias que, contraviniendo sus actos propios y sus resoluciones previas, no dispuso en forma simultánea la apertura de los términos probatorios correspondientes a todos los restantes supuestos partícipes de su teoría del esquema”.
Según los abogados de Ponce, la suspensión del procedimiento por parte de la SVS en enero, “se fundamento en la protección del derecho de defensa de nuestro representado y de las restantes partes”, y la resolución señaló que la medida “permitiría la consecuente verificación simultánea de los términos probatorios correspondientes a todos los supuestos partícupes de la teoría del esquema”.
A ello, suman que en el oficio del levantamiento de la suspensicón, la SVS “volvió a disponer, en forma explícita y sin ambages, que los términos probatorios debían verificarse en forma simultánea por ser un cuestión cosustancial al derecho de defensa de los formulados de cargos”.
“Es decir, tanto en enero como en abril, la Superintendencia dejó en claro que, para los efectos de resguardasr el derecho de defensa de nuestro representado y delos restantes formulados de cargos, los términos probatorio se verificarían al mismo tiempo”.
“En efecto, el mismo día 13 de junio, la SVS dictó una serie de oficios que abrieron los términos probatorio de otros formulados de cargos, pero no dictó ninguno disponiendo la apertura del período probatorio de don Roberto Guzmán”.
El reclamo de Guzmán Lyon en la corte
Los reclamos de la defensa de Ponce, se producen a días de que los tribunales decretaran una orden de no innovar en el proceso sancionatorio de Roberto Guzmán Lyon, deteniendo su causa administrativa, algo que muchos de los otros formulados vieron como una oportunidad.
Sin embargo, ese mismo día la SVS aclaró que las otras causas seguirían su curso normal.
En su presentación ante la corte para pedir se revoque la orden de no innovar, el Consejo de Defensa del Estado (CDE), que tomó la defensa de la SVS en tribunales, señaló que “la orden de no innovar podría poner en grave riesgo la posibilidad de sancionar las posibles infracciones a la ley imputadas, atendidos los plazos de caducidad que corren respecto de la potestad punitiva de la Superintendencia de Valores y Seguros. Esto considerando, además, que los otros formulados de cargos ya han manifestado, públicamente, que presentarán todas las medidas a su alcance de forma que los períodos probatorios de los procedimientos administrativos de los sindicados participantes del esquema, incluido el Sr. Roberto Guzmán, se lleven de manera paralela”.
Hoy se resolvería recurso de ilegalidad de Guzmán
Hoy lunes, la Corte de Apelaciones resolvería el recurso de ilegalidad presentado por la defensa de Roberto Guzmán Lyon, acción que fue presentada porque la Superintendencia se negó a fijar los hechos sobre los cuales debe rendirse la prueba, y exigió que los formulados señalaran los puntos que debían probar, algo que los formulados han declarado ilegal.
Según explicó Grabiel Zaliasnik, abogado de Guzmán, a Diario Financiero la semana pasada, "de acuerdo a la ley de procedimientos administrativos, según el inciso segundo del artículo 35 de la Ley 19.880, es la autoridad quien tiene que señalar los hechos que no le constan, y que deberán probarse", y por ello "pedimos que la Corte dispusiera una orden de no innovar, de manera que no pueda seguir adelante el procedimiento administrativo sancionador".
La decisión de la corte no fue un hecho menor, y por ello la SVS recurrió al Consejo de Defensa del Estado.
De esta forma, la señal que se envió desde el organismo encabezado por Carlos Pavez, es que con la intervención del CDE, éste pasa a ser considerado un asunto institucional, por lo que no se puede seguir postergando.
Así, la estrategia dilatoria que eventualmente estarían aplicando algunos abogados de la defensa de los formulados de cargos por el denominado esquema (Julio Ponce Lerou, Aldo Motta, Roberto Guzmán Lyon, Patricio Conte, Leonidas Vial, LarrainVial, Manuel Bulnes y Felipe Errázuriz Amenábar) ya no sería del todo efectiva.